ACTUALIDAD

Cuota patronal y cuota obrera de autónomos: qué son y quién paga la cotización a la Seguridad Social

La cuota patronal es la cotización en función de su actividad, mientras que la cuota obrera corresponde al tipo de cotización que corresponde pagar al empleado por su salario.

0
Cuota patronal y cuota obrera de autónomos: qué son y quién paga la cotización a la Seguridad Social
Jesús Hellín EUROPA PRESS

 ¿Qué son las cuotas patronales y cuota obrera de los autónomos, y quién paga la cotización a la Seguridad Social? La cuota patronal y la cuota obrera es la cantidad de cotización que ingresamos en la Seguridad Social por un trabajador, que irá en función de la base y del tipo de cotización.

La base de cotización hace referencia a la remuneración total que recibe un trabajador al mes por la realización de su trabajo, a excepción de algunos conceptos extra - salariales, como son los despidos, las indemnizaciones…

La cuota de cotización es el tipo que se aplica a la base de cotización para determinar la cuota obrera y la cuota patronal e ingresarla en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Todos los trabajadores contratados en el régimen general de la Seguridad Social, tienen la obligación de cotizar en función de su actividad. Y este porcentaje que forma la cuota patronal cubre las diferentes situaciones que puede sufrir un trabajador:

  • Contingencias comunes (en el caso de enfermedad o accidente no laboral, baja maternal, etc.)
  • Contingencias profesionales (en el caso de enfermedad profesional o accidente laboral, incluyendo la temporal, permanente, invalidez, muerte y supervivencia)
  • Desempleo (esta cotización se usa para poder cobrar prestación de desempleo)
  • FOGASA (cotización que va destinada al Fondo de Garantía Salarial para cubrir al trabajador en el caso de impago por parte de la empresa)
  • Formación profesional (destinado a cursos de formación y calificación profesional para el trabajador)

Los límites del año 2021 están comprendidos entre un mínimo de 1.108 euros, y un máximo de 4.070 euros. La cuota obrera sería aproximadamente de unos 70 euros, mientras que la cuota patronal sería de 330 euros, más o menos.

La cuota obrera es el tipo de cotización que le corresponde pagar al empleado por la percepción de su salario. Esta cuota se calcula aplicando unos porcentajes sobre la base de cotización del trabajador, de manera que la empresa la deducirá de su nómina mensual para ingresarla en la Seguridad Social junto a la cuota patronal. La cuota obrera la tiene que pagar el trabajador, mientras que la cuota patronal es la empresa o empleador el que la paga.