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RENTA 2021-22

¿Por qué es importante la barrera de los 14.000 euros en la declaración de la Renta 2021-22?

Con carácter general los contribuyentes que tienen que declarar deben superar los 22.000 euros, pero cambia si hay un segundo pagador.

¿Por qué es importante la barrera de los 14.000 euros en la declaración de la Renta 2021-22?
Marta Fernández Jara - Europa PressEuropa Press

La campaña de la declaración de la Renta comenzó el pasado 6 de abril. Las restricciones provocadas por la pandemia del coronavirus desde el pasado año 2020 extendieron la figura de los ERTE. Hasta cuatro millones de españoles se encontraron en esta situación durante el primer año de pandemia.

A lo largo del pasado ejercicio 2021, la cifra se redujo considerablemente. No obstante, todas aquellas personas que se encontraron en ERTE en 2021 deben tener en cuenta que, a efectos de la Renta, se trata de un rendimiento del trabajo que no está exento del IRPF y se debe tributar.

El cambio si tienes un segundo pagador

Por norma general, los contribuyentes que presentan la declaración por IRPF lo hacen cuando sus rendimientos de trabajo superan los 22.000 euros. Sin embargo, la cosa cambia cuando hay dos pagadores. El límite para tributar se reduce a 14.000 euros, siempre y cuando se haya cobrado más de 1.500 euros del segundo y restantes pagadores.

En este caso, a la hora de tributar, la prestación recibida por parte del SEPE cuenta como si fuera un pagador más, por lo que el empleado afectado por el ERTE tiene en realidad dos pagadores: su empresa y el SEPE.

La importancia de las retenciones

Una vez aclarado esto, es fundamental tener en cuenta la retención del IRPF. La empresa suele aplicar la retención al trabajador mensualmente según su sueldo, de manera que en caso de declarar no debería salir a pagar porque se ha ido haciendo progresivamente en cada nómina.

Sin embargo, esto cambia si no se aplica la retención, que es lo que podría pasar con el cobro de los ERTE. Según explica la web del SEPE, en las prestaciones por desempleo "es poco probable la retención a cuenta en concepto de IRPF, dado que los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención".

En cualquier caso, "mientras esté percibiendo la prestación por desempleo, puede solicitar que se le retenga el IRPF o que se le aplique un porcentaje mayor de retención, en su caso".