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¿Hay que seguir llevando la mascarilla si soy positivo por COVID y hasta cuándo?

Según la Estrategia COVID, las personas infectadas por coronavirus deberán seguir llevando el cubrebocas durante diez días desde que aparecieron los síntomas.

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¿Hay que seguir llevando la mascarilla si soy positivo por COVID y hasta cuándo?
SPENCER PLATT AFP

Hora de desenmascararse. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este miércoles 20 de abril elimina el uso obligatorio de la mascarilla en interiores excepto en centros sanitarios, transporte público y discrecional (taxi, VTC), farmacias y residencias (para trabajadores y visitantes). En el caso de las empresas, los departamentos de prevención de riesgos laborales decidirán si sus trabajadores deben seguir llevando o no mascarilla en sus instalaciones.

El nuevo decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros no hace mención al uso del cubrebocas en personas infectadas de COVID-19. Para conocer las indicaciones de las autoridades en estos casos hay que consultar la última actualización de la Estrategia de Vigilancia y Control frente a la COVID del Ministerio de Sanidad.

Mascarillas obligatorias para positivos durante diez días

“Los casos confirmados deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas o al diagnóstico en el caso de las personas asintomáticas”, señala el informe. Las personas infectadas llevarán “de forma constante” la mascarilla durante los diez primeros días desde que aparecieron los síntomas. La propia ministra de Sanidad, Carolina Darias, confirmó el pasado 29 de marzo que quienes “presenten síntomas” deben seguir “llevando la mascarilla” y pidió a la población actuar con “prudencia”.

Si se tienen síntomas leves y no se cumplen los criterios para someterse a una prueba diagnóstica, las personas “deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas”. Lo mismo ocurre con quien sí cumple con los criterios para hacerse una prueba, que deberán utilizar “de forma constante” la mascarilla hasta que obtenga un resultado.

Los criterios para poder someterse a una prueba COVID son los siguientes. Según la Estrategia, si una persona cumple tan solo uno de ellos podrá realizarse una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA):

Criterios para poder hacerse una prueba PDIA

  • Tenga criterios de vulnerabilidad: 60 años o más, inmunodeprimidos por causa intrínseca o extrínseca y embarazadas.
  • Personas relacionadas con ámbitos vulnerables: Personas que residen, acuden, están ingresadas o trabajan en ámbitos vulnerables (centros sanitarios asistenciales, centros sociosanitarios y centros de día, centros penitenciarios y otros centros con personas institucionalizada), así como trabajadores que prestan apoyo y cuidado a personas vulnerables.
  • Presentar un cuadro de infección respiratoria aguda de vías bajas que requiera ingreso hospitalario (preferiblemente diagnosticado por PCR).
  • Que se tenga constancia de que haya estado en los últimos 14 días en una región en la que esté circulando una variante de interés o de preocupación que no haya mostrado circulación comunitaria en nuestro territorio y colectivos de población migrante de reciente llegada a España

Desde la última actualización de la Estrategia COVID, vigente desde el pasado 28 de marzo, las infecciones notificadas solo corresponden a las personas que cumplen los criterios anteriores, es decir, vulnerables o relacionados con ámbitos vulnerables, por lo que los indicadores de seguimiento se refieren solo a estos grupos de personas y en ningún caso al total de infecciones de COVID-19. Por ello, desde el 28 de marzo, comparar los nuevos datos epidemiológicos con los de otras olas no tiene mucho sentido.