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¿Cómo saber cuándo tengo que sellar el paro y qué pasa si no lo renuevas?

El SEPE explica que para percibir el paro es obligatorio renovar la demanda cada mes. El organismo impone sanciones que suben de gravedad si hay reincidencia.

¿Cómo saber cuándo tengo que sellar el paro y qué pasa si no lo renuevas?
EFE

"Sellar el paro" o renovar la demanda de empleo es la obligación más importante de toda aquella persona que esté percibiendo una prestación, subsidio o ayuda por desempleo. La renovación de la demanda depende de las comunidades autónomas, excepto en el caso de Ceuta y Melilla que depende del Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE).

Antes, para sellar el paro era necesario realizarlo presencialmente en la oficina de empleo. Sin embargo, actualmente casi todas las comunidades autónomas permiten realizar este trámite por Internet, de una forma segura, durante las 24 horas que comprenden el día de la renovación.

Al inscribirse como demandante de empleo, se recibirá una cartilla, más conocida como Documento Acreditativo de Renovación de la Demanda (DARDE), en la que se indican las fechas de las siguientes renovaciones. Si la fecha de renovación cae sábados, domingos o festivos se pasa al siguiente día hábil.

¿Qué hacer el día de la renovación?

El SEPE explica en su página web que, para renovar la demanda de empleo es necesario acceder al servicio de empleo con nuestro usuario y contraseña. Además, detaca la "importancia de imprimir o descargar en PDF el mensaje de confirmación de la renovación, donde se especificará la fecha y la hora de la renovación, y guardar este documento en el caso de que nos sea requerido con posterioridad para alguna aclaración".

¿Qué ocurre si no se renueva?

Para percibir las prestaciones por desempleo "es obligatorio inscribirse como demandante de empleo y renovar la demanda mientras esté cobrando dichas prestaciones", indica el SEPE.

En el caso de que no se renueve la demanda, ya sea por un olvido o cualquier otro motivo, se sancionará al individuo con "una infracción leve", lo que puede significar la pérdida de la ayuda por desempleo durante un mes. Si el infractor es reincidente y no ha renovado la demanda por segunda vez, la perderá durante tres meses. Si se repite una tercera vez, la perderá seis meses, y si no la ha renovado por cuarta vez, perderá la prestación.