Ayudas del SEPE y la Seguridad Social a madres solteras: requisitos, cuantías y cómo solicitar
Las ayudas están diseñadas para ayudar a madres solteras a que concilien la vida laboral con la ivda familiar. La cuantía varía en función de requisitos.
Con el objetivo de ayudar a conciliar la vida laboral con la vida familiar, así como para ayudar con un ingreso económico que permita sacar adelante a su familia el Gobierno de España, a través del SEPE y de la Seguridad Social, dispone de una serie de ayudas para madres solteras.
Un apoyo económico mediante el cual el Estado pone a disposición una ayuda que permita a las mujeres sacar adelante a sus familias. Además, también se puede solicitar a los servicios sociales de cada comunidad autónoma. Unas ayudas cuya cuantía puede variar en función de una serie de criterios, como puede ser la renta o su situación familiar, en el caso de que se realice una solicitud por familia numerosa.
La primera ayuda articulada no es otra que el Ingreso Mínimo Vital (IMV), propia de la Seguridad Social. Su solicitud se puede realizar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Destinada para personas y unidades de convivencia en situación de riesgo de pobreza y exclusión social, también lo está las unidades de convivencia que incluyan menores de edad, y que cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión de la prestación.
Con respecto al IMV, la cuantía es de 469,93 euros para una sola persona y de un máximo de 1.033 euros para una unidad de convivencia. Para este 2022, habrá una ayuda variable por cada hijo a cargo en una unidad de convivencia de entre 50 y 100 euros al mes. Otra de las novedades es el aumento de la cuantía de un 22% para las familias con algún miembro con una gran discapacidad.
Prestación por nacimiento y cuidado del menor
Otras dos prestaciones que reciben las madres solteras están vinculadas a la maternidad. La primera de ellas, la prestación por nacimiento y cuidado del menor, cuyo importe será el equivalente al 100% de una base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes. La baja laboral dura 16 semanas, y en esta prestación es la Seguridad Social la encargada de abonar la cantidad correspondiente.