¿Qué tengo que hacer si han cambiado el nombre de mi calle? DNI, Seguridad Social, Padrón...
El DNI, el carné de conducir, las nóminas o las facturas de gas y agua son algunos de los apartados en los que se ven afectados los ciudadanos a causa de el cambio de nomenclatura.
A raíz del cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, muchos municipios de la geografía española se han visto obligados a modificar algunos de los nombres de las calles, plazas y avenidas, que habían sido bautizadas bajo el nombre de generales, políticos y otros cargos relacionados con el franquismo, y los crímenes de lesa humanidad realizados durante la Guerra Civil Española.
Este requisito impuesto a todos los ayuntamientos españoles, ha derivado en una 'fiebre' de nuevos nombres en una gran cantidad de ubicaciones en todo el territorio español. Este cambio, aparte de tener una trascendencia política notable, interfiere directamente en el día a día de los vecinos que habitan estas calles con nuevo nombre. Una vez que el ayuntamiento, en cuestión, haya procedido al cambio del nombre de la calle serán sus vecinos quienes deberán preocuparse de que todos sus documentos estén acordes a este cambio.
Existen varios campos donde esta modificación afecta de forma directa, a los vecinos, y también al consistorio de la localidad, siendo en cada uno de ellos responsables una de las partes afectadas.
¿Quién se encarga de buscar un nuevo nombre a la calle?
Este proceso es el origen del resto de cambios, y son los ayuntamientos de cada municipio, los encargados de buscar el nuevo nombre, y formalizar este cambio ante diversos organismos territoriales y gubernamentales. Cada casa consistorial se encargará de transmitir a los vecinos, que organismos están al tanto de este cambio de nomenclatura.
¿Quién se encarga de reflejar el cambio en la documentación?
Los ciudadanos son los que tienen que ser responsables de que los cambios en el nombre de su calle se han realizado. Cada vecino deberá presentarse en el departamento de tributos municipales a asegurarse de que los impuestos de carácter municipal han sido registrados con el nuevo nombre de su calle.
Hay que conocer que, el recibimiento de estas cartas es meramente informativo, y en caso de que el ciudadano no las reciba, no será motivo de exención en el pago.
¿Qué documentación hay que modificar?
Existen ciertos documentos y registros que van vinculados a la dirección del individuo, y en todos ellos debemos reflejar la actualización de la nomenclatura lo antes posible.
El DNI
El cambio de dirección en el Documento Nacional de Identidad no es obligatorio, pero sí gratuito. Se aconseja al ciudadano realizar esta modificación lo antes posible para evitar errores a futuro en el resto de ámbitos.
El carné de conducir
Para estar al tanto de posibles multas, se recomienda realizar el cambio de domicilio con presteza. La DGT recuerda que no recibir la multa, no excusará a la persona de abonar el importe, o que se proceda a la retirada de puntos. La DGT informa de que este trámite también resulta gratuito.
Seguridad Social y Agencia Tributaria
Tanto las notificaciones de Hacienda, como las citas médicas y resultados, llegan por correo postal al domicilio reflejado, por lo que resulta de crucial importancia realizar el cambio en las bases de datos de estos organismos. El cambio en la tarjeta sanitaria también corre a cargo del ciudadano.
Facturación de Gas, Luz y Agua
En cuanto al consumo, hay algunos ayuntamientos que han realizado por cuenta propia las debidas gestiones para llevar a cabo esta actualización. De igual forma, ningún municipio está obligado a ello, por lo que es importante ponerse en contacto con las empresas pertinentes para cerciorarse de si el cambio se ha realizado.
Bancos y derivados
En un principio, el banco, al ser conocedor de esta modificación, se debería encargar de realizar las gestiones pertinentes para cambiar todo lo relativo a ellos, aunque el ciudadano en primera instancia, deberá hacer saber a su entidad, el cambio en el nombre de la cale, para que estos puedan proceder.
Registro de la propiedad
En este apartado están registrados y asignados a cada persona, todos los bienes inmuebles que tenga en propiedad. En el caso del nombre de la calle, cada ciudadano afectado deberá rellenar una instancia para proceder al cambio. El coste de la operación oscila entre los 30 y 40 euros.
Ya realicé los pasos pertinentes y aún no se ha actualizado
En algunos tipos de trámites o gestiones, los organismos públicos aseguran que la actualización se puede demorar en el tiempo, debido a la complejidad del proceso o la participación de varias partes en este. La documentación relativa a la nacionalidad es la más habitual de las que sufren esta tardanza.
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