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¿Cuánto se queda Hacienda de los concursos de televisión y qué se paga de impuestos?
Los millonarios premios de televisión no van íntegros para el ganador, sino que Hacienda se queda una parte de ellos. De ella, varía entre cada comunidad.
Los concursos de televisión están muy extendidos en España. Ya sea para sacar un dinero adicional como para intentar dar un gran impulso a nuestra economía, los programas en los que los concursantes compiten por grandes cantidades de dinero están a la orden del día, y prácticamente cada canal tiene el suyo: Pasapalabra, La ruleta de la suerte, ¡Boom! o el mítico Saber y ganar son solo algunos ejemplos.
El hecho de ganar el premio y hacerse con el bote acumulado durante semanas o meses supone una infinita alegría, aunque viene bien saber que el dinero íntegro no es para el afortunado: Hacienda se lleva una parte del 'pastel'. El motivo de ello es que tributa en el impuesto de la renta al considerarse como ganancia patrimonial (en su caso, no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales).
Esta ganancia suma en la base imponible general del IRPF, en la que están también presentes los rendimientos del trabajo y los de las actividades y los del capital inmobiliario. A la suma de estos conceptos, para obtener la base liquidable general, se le restan algunas deducciones. A esta se le aplican dos tipos impositivos diferentes, de acuerdo con la tarifa estatal (única para todo el territorio) y la autonómica. A mayor cantidad de dinero, mayor es el tipo: entre la suma de ambos puede llegar a rondar el 45% del total.
TARIFA ESTATAL |
El 19%, para Hacienda
La cantidad exacta que tributa un concursante que resulta ganador de un premio en metálico es complicado de conocer de forma exacta, pues además del premio en el IRPF cuentan otros rendimientos que se deben tener en cuenta a la hora de su cálculo. Uno de los últimos grandes premios fue el Pablo Díaz, ganador de 1.828.000 euros en Pasapalabra.
En su caso, tal y como recoge la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en su artículo 101.7, la retención es del 19%. "El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios, será del 19 por ciento", explica.
Por tanto, de la cantidad de dinero antes mencionada, el concursante se queda con 1.480.680 euros y el Estado con 347.320 euros. Y sobre este dinero tributará en la próxima renta, de máximo, el 45,50%: el 24,50% por encima de los 300.000 euros de la tarifa estatal y el 21% de la autonómica de la Comunidad de Madrid, lugar de residencia. Así, aplicando los tramos, 437.310,15 euros van al Estado y 380.060,29 a la autonomía.