Los siete requisitos del SEPE que debes cumplir para pedir el subsidio a mayores de 52 años
Existe una prestación para mayores de 52 años que han agotado la ayuda por desempleo. Para poder solicitarla hay que cumplir una serie de condiciones.
¿Tienes 52 años o más y has agotado la prestación por desempleo? En ese caso, la Seguridad Social contempla un subsidio para mayores de 52 años que se concede hasta que el beneficiario cumple los requisitos para acceder la jubilación. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) detalla las condiciones que han de cumplirse y la solicitud e información que hay que facilitar para poder solicitar la ayuda.
En primer lugar, hay que cumplir siete requisitos para poder acceder a esta prestación:
Requisitos para acceder a la prestación para mayores de 52 años
- Estar en desempleo.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Tener 52 o más años.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que se estaba percibiendo.
- Cumplir el compromiso de actividad, es decir, buscar activamente empleo, participar en cursos de formación, etc.
- Carecer de rentas propias que sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Acreditar que en la fecha de la realización de la solicitud ha cotizado por jubilación durante 15 años, de los cuales dos han sido en los últimos 15 años y además ha cotizado por desempleo durante mínimo 6 años a lo largo de su vida laboral.
Duración de la prestación
Una vez cumplidos todos los requisitos, el solicitante podrá percibir la prestación si no cambian sus condiciones (encontrar trabajo, tener rentas propias superiores al 75% del SMI…) hasta que alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión de jubilación. Es decir, podrá percibir este subsidio si continúa desempleado y no tiene otros ingresos hasta que cumpla la edad de jubilación.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de este subsidio para mayores de 52 años viene determinada por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Será igual al 80% de lo que marque en ese momento el IPREM. En este momento, se sitúa en 6.778,80 euros anules, 564,90 euros mensuales. Por tanto, el 80% son 451,92 euros, que será lo que cobre la persona que perciba esta prestación.
Cómo y dónde solicitarla
Para solicitar la ayuda, el potencial beneficiario debe cumplimentar el modelo oficial de solicitud y además añadir DNI o pasaporte para comprobar los datos, el número de cuenta donde se desea ingresar el subsidio y si el SEPE lo solicita el justificante de rentas donde se demuestre que no son superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
La presentación se puede realizar en la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones con cita previa, en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.
Lo último que debe conocer una persona beneficiaria de este subsidio es que para mantenerlo deberá presentar cada doce meses una declaración de sus rentas que demuestre que continúa cumpliendo con el requisito de no tener rentas superiores al 75% del SMI. En caso de no presentar este justificante, se interrumpirá el pago del subsidio y la cotización a la Seguridad Social hasta que no se cumpla con esta formalidad.
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