La DGT señala el hábito que debes evitar al conducir en zonas urbanas
Zigzaguear entre vehículos cuando circulamos en estas vías puede causar molestias a otros conductores, frenazos e incluso accidentes.
Como suele ser habitual, la DGT utiliza las redes sociales para concienciar e informar a los conductores de ciertas actitudes y hábitos que existen al volante y que pueden ser perjudiciales ya que pueden provocar accidentes. En este caso, se ha encargado de recordar que serpentear entre coches en las vías urbanas puede causar molestias en el resto de los usuarios.
Conducir de forma ordenada, respetando las líneas, evitando cambios bruscos de carriles y señalizando con anterioridad nuestros movimientos es necesario para que la circulación sea segura y fluida. Como norma general, se debe ir siempre por el carril derecho, aunque en las vías urbanas, esto no se tiene que cumplir.
En los tramos urbanos existe libertad para elegir el carril que más nos convenga según nuestro destino, y no es obligatorio circular por la derecha. Los cambios de dirección y de carriles son más habituales dentro de las ciudades, pero la Dirección General de Tráfico ha recordado que no se puede “serpentear” entre los vehículos.
Existen algunos conductores que van cambiando de carril buscando aquel que tiene una circulación más fluida, lo que provoca en muchas ocasiones molestias a otros usuarios de la vía, así como frenazos o incluso accidentes. La DGT recomienda circular por el carril que nos lleve a nuestro destino y mantenernos, para así preservar la fluidez de la circulación.
En autopistas puede acarrear una multa
En las carreteras interurbanas, autovías y autopistas la norma es distinta. En estas vías es obligatorio ocupar el carril derecho cuando estamos en progresión normal, es decir, cuando no estamos haciendo maniobras. El resto de los carriles se deben utilizar para adelantar o cuando se producen otras circunstancias del tráfico, avisa la DGT.
De hecho, ocupar un carril que no sea el derecho, si se entorpece la marcha de otros vehículos, constituye una infracción grave, que según al artículo 30 del Reglamento General de Circulación está multado con 200€.