Fin de la mascarilla en exteriores: ¿cuándo deja de ser obligatoria al aire libre?
Desde este sábado, 26 de junio, no es obligatorio usar la mascarilla al aire libre si puede mantenerse una distancia de 1,5 con personas no convivientes.
El viernes se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio, que recoge, entre otras medidas, el nuevo uso de la mascarilla. Tal y como anunció el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, esta dejó de ser obligatoria en espacios exteriores a partir de las 00:00 este sábado 26 de junio, con lo que hoy ya podremos liberarnos de ellas en determinadas situaciones. “Que dejen de ser obligatorias significa que las mascarillas dejan paso de nuevo a la sonrisa. La remisión de la pandemia, los indicadores, permiten esta flexibilización”, señaló el jueves la ministra de Sanidad, Carolina Darias, al anunciar que se aprobaba esta medida.
La orden precisa que la mascarilla dejará de ser obligatoria al aire libre cuando pueda mantenerse una distancia de 1,5 metros con personas que no sean convivientes. Tampoco será necesaria en espacios abiertos entre personas convivientes, independientemente de la distancia social entre ellas, según explica Sanidad. En cualquier caso, recuerda que es recomendable llevarla siempre, aunque sea en el bolsillo, por si la necesitamos en algún momento.
📢 A partir del próximo 26 de junio y, con carácter general, ya no será obligatorio llevar #mascarilla 😷en espacios al aire libre, siempre que haya una distancia de seguridad ↔️ de, al menos 1,5 metros, entre personas no convivientes.
— Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) June 24, 2021
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¿Cuándo seguirá siendo obligatorio usarla?
Asimismo, Darias destacó que se trata de una medida “gradual y prudente”, con lo que esta herramienta continuará siendo obligatoria en algunos momentos, de forma que se mantenga la precaución para frenar la expansión de la COVID-19. Concretamente, habrá que seguir llevando mascarilla en espacios cerrados de uso público o abiertos al público (bibliotecas, farmacias, supermercados, etc.) o en medios de transporte públicos (avión, autobús o metro), así como en vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si sus ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
También seguirá siendo obligatorio usarla en eventos multitudinarios, como un concierto, si el público esté de pie y hay grandes aglomeraciones, o en los que haya gente sentada a menos de metro y medio de distancia. Si los asistentes están sentados y respetando la distancia, no es necesario que lleven la mascarilla puesta.
Por último, también deberán usarla los trabajadores de las residencias de ancianos y los visitantes. Lo mismo ocurrirá en servicios esenciales, como un parque de bomberos. En cuanto a los ancianos, tendrán que llevar mascarilla puesta cuando el centro del que son usuarios tenga una cobertura de vacunación menor al 80%. Por su parte, “el uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por normas específicas establecidas por la autoridad penitenciaria competente”, concluye la normativa.
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