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La OCDE pide que se aumente el IVA: qué productos o qué tramos tocaría

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo, en su informe sobre España, expresa la necesidad de aumentar el IVA una vez que se inicie la recuperación económica.

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La OCDE pide que se aumente el IVA: qué productos o qué tramos tocaría
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La Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) ha publicado este jueves su estudio económico sobre España. En este documento se refleja la actual situación y los problemas que se deben tener en cuenta respecto a la economía. Y aunque habla de una mejora de las previsiones de crecimiento a pesar de la pandemia, manda un aviso: es necesaria una reforma fiscal.

Ésta, indican, no debe llegar de forma inmediata, puesto que es necesario que la recuperación esté "firmemente en marcha". Pero llegado el momento, desde el organismo se pide al Gobierno una reacción, que pasaría por incrementar los ingresos por los Impuestos sobre el Valor Añadido (IVA). La OCDE señala que son inferiores a la media de la Unión Europea.

Concretamente, sobre la mesa está la eliminación o limitación de los tipos reducido (10%) y superreducido (4%). Un aspecto con el que están de acuerdo tanto el Banco de España como la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). "Los beneficios fiscales, las exenciones, deducciones y tipos reducidos suponen una pérdida de ingresos y distorsionan la eficacia del sistema fiscal en España", señala el informe de la OCDE.

IVA superreducido: productos a los que afecta

La Ley del IVA de 29/12/1992, en su artículo 91, establece las "entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones" que se deben gravar con este impuesto del 4%. Son básicamente productos de primera necesidad.

  • Productos básicos: pan, harinas, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
  • Libros, periódicos y revistas "incluso cuando tengan la consideración de servicios prestados por vía electrónica, que no contengan única o fundamentalmente publicidad".
  • Medicamentos de uso humano.
  • Vehículos de personas con movilidad reducida y sillas de ruedas para uso de personas con discapacidad.
  • Vehículos destinados a usarse como autotaxis o autoturismos para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas.
  • Prótesis, ortesis e implantes internos.
  • Viviendas de protección oficial de régimen especial o promoción pública.
  • Servicios de reparación de vehículos de sillas de ruedas para personas con discapacidad y de adaptación de autotaxis y autoturismos.
  • Arrendamientos con opción de compra de edificios o partes de los mismos destinados solo a viviendas de protección oficial.
  • Servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y de atención residencial a personas dependientes.

Iva reducido: a qué productos afecta

En la zona media entre el IVA normal del 21% y el superreducido del 4% se encuentra el reducido, del 10%. Éste grava los productos y servicios a nivel general.

  • Alimentos para la nutrición animal o vegetal, excepto bebidas alcohólica y tabaco.
  • Animales, vegetales y otros productos destinados a obtener comida.
  • Bienes para actividades agrícolas, forestales o ganaderas: semillas, fertilizantes, residuos, etc.
  • Agua apta para el consumo humano, animal o para el riego.
  • Medicamentos de uso veterinario.
  • Artículos de higiene íntima: compresas, tampones, preservativos, anticonceptivos, etc.
  • Equipos médicos y aparatos diseñados para tratar deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.
  • Edificios o partes que se usen como viviendas, incluidas las plazas de garaje.
  • Flores, plantas o semillas.
  • Transporte de viajeros y sus equipajes.
  • Servicios de hostelería y restaurantes.
  • Servicios de limpieza de vías públicas.
  • Recogida y tratamiento de la basura, tratamiento de aguas residuales.
  • Bibliotecas, centros de documentación, museos, galerías de arte, cines, teatros y conciertos.
  • Obras de renovación y reparación en edificios de viviendas.
  • Alquileres con opción de compra destinados a viviendas.