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Elecciones en Madrid: Cómo solicitar el voto por correo y hasta cuándo se puede pedir para votar

La fecha límite para solicitar el voto será el 24 de abril y podrá hacerse de manera telemática o presencialmente en cualquier oficina de Correos.

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Elecciones en Madrid: Cómo solicitar el voto por correo y hasta cuándo se puede pedir para votar

Queda menos de un mes para que se celebren las elecciones autonómicas en la Comunidad de Madrid. Este próximo domingo 18 de abril a las 00:00 horas comenzará la campaña electoral el martes 4 de mayo los madrileños deberán elegir quién quieren que les gobierne.

Como ocurrió el pasado 14 de febrero en Cataluña, los comicios se celebran en plena pandemia de COVID-19, con lo que muchos ciudadanos optarán por no acudir a los colegios electorales para evitar exponerse al virus. Pero eso no significa que se van a quedar sin votar. Correos ya ha abierto el plazo de solicitud para quienes prefieran emitir su voto por correo de forma segura.

La fecha límite para solicitarlo será el miércoles 24 de abril. Posteriormente, Correos entregará las solicitudes recibidas en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Madrid, quien enviará a los solicitantes, entre el 14 y el 27 de abril, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Cómo pedir el voto

Podrán votar los residentes en España, o los que vivan en el extranjero pero tengan derecho a voto. Además, solo se podrá emitir el voto cuando se haya presentado la solicitud online y haya sido aceptada por el Censo Electoral. Después de ello, no se podrá votar en mesa. Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el 24 de abril el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad de Madrid, un requisito “imprescindible” para poder votar. Dicho certificado puede pedirse por vía telemática a través de www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Quienes quieran solicitar su voto en la web de Correos tendrán que acreditar su personalidad mediante firma electrónica. Además, tendrá que presentar los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

En caso de elegir la modalidad presencial, cada elector deberá acudir a la oficina de Correos personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial, que le impida hacerlo. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente. Cuando acuda a la oficina, el votante deberá acreditar también su personalidad presentando el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Con el fin de “agilizar los trámites y evitar esperas”, Correos recomienda pedir cita previa a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.