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Elecciones en la Comunidad de Madrid: cuándo son, fechas clave de la campaña y calendario electoral

Este domingo, 18 de abril, comienza la campaña electoral de los comicios madrileños que se celebrarán el 4 de mayo. Te explicamos otras fechas clave del calendario

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Elecciones en la Comunidad de Madrid: cuándo son, fechas clave de la campaña y calendario electoral
EFE

 El pasado 10 de marzo, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, disolvió la Asamblea regional y convocó elecciones autonómicas anticipadas. Tras un día de incertidumbre por si prosperaba la moción de censura presentada por PSOE y Más Madrid, el 11 de marzo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid concluyó que la disolución de las cámaras era anterior a la presentación de la moción, por lo que la convocatoria de elecciones era legal.

De acuerdo con la ley electoral madrileña, deben transcurrir 55 días entre la expedición del decreto y la votación electoral, con lo que los comicios se celebrarán el martes 4 de mayo de 2021. Sin embargo, antes de ese día el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Asamblea de Madrid recogen el calendario electoral y una serie de fechas que son muy importantes para los votantes, como el comienzo de la campaña electoral y el plazo para solicitar el voto por correo o desde el extranjero.

Calendario electoral

- Del 10 al 12 de abril: envío de notificaciones y del manual de instrucciones a los componentes de las mesas electorales, elegidos mediante sorteo entre el 5 y el 9 de ese mismo mes.

- Del 13 al 19 de abril: plazo para alegar ante las Juntas Electorales de Zona causas que impiden ser miembro de las mesas electorales.

- Del 7 al 15 de abril: envío al elector de la tarjeta censal con la información de la mesa y el local electoral donde ir a votar, por parte de la Oficina del Censo Electoral (OCE). Desde ese día, y hasta el 28 de abril se enviarán posibles variaciones en la mesa o local electoral.

- 18 de abril: comienzo de la campaña electoral.

- Del 29 de abril al 3 de mayo: prohibición de la difusión de sondeos electorales.

- 2 de mayo: final de la campaña electoral (coincidiendo con el Día de la Comunidad de Madrid).

- 3 de mayo: jornada de reflexión.

- 4 de mayo: día de votación (en horario de 9:00 a 20:00 horas).

- Del 7 al 10 de mayo: escrutinio general por la Junta Electoral Provincial.

- Hasta el 11 de mayo: presentación de protestas y reclamaciones.

- 19 de mayo: proclamación de electos por la Junta Electoral.

- 8 de junio: Constitución de la Asamblea de Madrid. La fecha irá determinada en el Decreto de convocatoria.

Voto por correo

Este año, con motivo de la pandemia de COVID-19 muchos madrileños decidirán votar por correo para no arriesgarse a contagiarse en los colegios electorales. Por eso, es muy importante que conozcan los plazos que tienen para solicitar el voto y emitirlo.

- Hasta el 24 de abril: Solicitud de voto por correo (en los horarios habituales de las oficinas de Correos). Se puede pedir tanto de forma presencial como telemática.

- Del 14 al 27 de abril: la Oficina del Censo Electoral (OCE) envía al elector la documentación necesaria para votar.

- Del 14 al 30 de abril: plazo para enviar el voto por correo. Este finaliza a las 14:00 horas del 30 de abril en las oficinas de Correos.

Voto para residentes en el extranjero

Para los madrileños que residen en el extranjero, los plazos para votar son los siguientes:

- Hasta el 5 de abril: solicitud de voto por correo

- Hasta el 14 de abril: la OCE envía la documentación necesaria para el voto por correo si no hay impugnación de candidatos.

- Hasta el 22 de abril: la OCE envía la documentación necesaria para el voto por correo si hay impugnación de candidatos.

- Hasta el 29 de abril: emisión del voto por correo.

- Del 30 de abril al 2 de mayo: depósito del voto en la urna.

Voto para residentes en Madrid que están fuera temporalmente

Los ciudadanos que residen en la Comunidad de Madrid, pero se encuentran en el extranjero temporalmente tienen plazos similares:

- Hasta el 5 de abril: solicitud de voto por correo

- Hasta el 14 de abril: la OCE envía la documentación necesaria para el voto por correo si no hay impugnación de candidatos.

- Hasta el 22 de abril: la OCE envía la documentación necesaria para el voto por correo si hay impugnación de candidatos.

- Hasta el 30 de abril: emisión del voto por correo.

Voto para residentes en el extranjero que están en España temporalmente

- Hasta el 24 de abril: solicitud de voto por correo

- Del 14 al 27 de abril: la OCE envía la documentación necesaria para el voto por correo.

- Hasta el 30 de abril: emisión del voto por correo.