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CAMPAÑA RENTA 2023-24

¿Qué es un usufructuario en la Renta 2023-24 y qué diferencias hay con arrendatario y propietario?

La principal diferencia entre los tres conceptos reside en quién tiene la propiedad del inmueble a pesar de que otra persona lo esté disfrutando.

Actualizado a
¿Qué es un usufructuario en la Renta 2023-24 y qué diferencias hay con arrendatario y propietario?
EFE

Este 3 de abril arranca la campaña de la renta 2023-2024. A partir del miércoles y hasta el 1 de julio se podrá presentar la declaración de forma telemática.

Los contribuyentes deberán incluir las viviendas en propiedad en la declaración, y tendrán que hacerlo de diferente manera dependiendo de si son inquilinos o arrendadores. En el caso de los arrendadores, las rentas que se obtienen a través del alquiler deben aparecer obligatoriamente en la declaración. Pero, ¿qué diferencia hay entre usufructuario, arrendatario y propietario?

Usufructuario

El usufructuario de una vivienda es la persona que disfruta de ella, tiene derecho de uso y disfrute, pero no puede transmitirla porque no tiene la propiedad del inmueble. Según el artículo 467 del Código Civil, el usufructo “da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa”.

Una situación de usufructo suele darse cuando uno de los miembros de un matrimonio fallece y deja la vivienda en usufructo de su pareja. Los propietarios de la vivienda serán los herederos, pero es el otro miembro del matrimonio quien está disfrutando del inmueble. Sólo tendrán que indicar esto en la declaración de la renta las personas usufructuarias del inmueble.

Arrendatario

Los arrendatarios son los inquilinos de una vivienda, que han firmado un contrato de alquiler con el propietario para disfrutar de ella a cambio de una renta. Puede ser tanto una vivienda como un local o una plaza de garaje. En estos casos, a la hora de realizar la declaración, existirán algunas rebajas fiscales a las que se pueden tener acceso con motivo del gasto. Son deducciones autonómicas, por lo que la cuantía de las mismas depende del lugar de residencia fiscal del contribuyente.

El arrendatario tiene la obligación de hacer un buen uso del inmueble, pagar los gastos que ocasione la escritura del contrato, avisar al propietario de cualquier daño o desperfecto del inmueble, responder a los mismos y devolver el inmueble en las mismas condiciones en las que lo recibió.

Propietario

El propietario es la persona a la que pertenece el inmueble. También conocido como arrendador, el propietario cede el uso del inmueble al arrendatario o inquilino mediante un contrato de alquiler. El propietario debe incluir en la declaración 2024-2024 las rentas que obtiene gracias al contrato de alquiler.