Modelo 130 del IRPF: quiénes lo deben presentar en Hacienda, claves y cómo rellenar
Se trata de una declaración trimestral de ingresos y gastos por la cual los autónomos van pagando anticipos del 20% a cuenta de su declaración de la renta.
El mes de enero es uno de los que más modelos hay que presentar a la Agencia Tributaria, sobre todo si se trata de los autónomos. Entre ellos está el modelo 130 de IRPF, que es una declaración trimestral de ingresos y gastos por la cual los autónomos van pagando anticipos del 20% a cuenta de su declaración de la Renta.
Si al cabo de los cuatro anticipos anuales se ha pagado una cantidad mayor de lo que corresponde por los ingresos reales, la declaración de la Renta saldrá a devolver. Sin embargo, si es al contrario y has aportado menos dinero del correspondiente, saldrá a pagar la Renta que corresponde a ese ejercicio.
¿Quiénes deben presentarlo?
Este modelo debe presentarse en enero (del 1 al 30 y correspondiente al último trimestre del año anterior), en abril (del 1 al 20), en julio (del 1 al 20), y en octubre (del 1 al 20) de cada año. Los que tienen que cumplir con esta obligación son una gran parte de los autónomos:
- Los empresarios dados de alta en actividad calificada de empresarial, siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, en cuyo caso deberán presentar el modelo 131.
- Los autónomos que realicen una actividad profesional, salvo que al menos el 70% de sus ingresos procedentes de la actividad profesional hubieran tenido retención o ingreso a cuenta en el ejercicio anterior.
- Aquellos que participen en una comunidad de bienes en cuanto a los ingresos que le correspondan, en función del porcentaje de participación en la organización.
¿Qué autónomos están exentos?
Están exentos de presentar el modelo 130 los que han facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
¿Cómo se puede presentar?
Se puede presentar a través de dos métodos: desde la web de la Agencia Tributaria (el más recomendable) o en una oficina de la administración pública o un banco presentando un papel que se puede descargar en la propia aplicación de la Agencia Tributaria.
¿Cómo se rellena?
Se empieza rellenando el apartado del 'Declarante' (datos personales), el de 'Devengo' (ejercicio del año correspondiente) y el de 'Liquidación' (el impuesto que hay que pagar). Además, consta de tres subapartados: el I, donde se indican los ingresos y gastos (excepto para actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras); el II, si te dedicas a actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras; y el III, que está dedicado al total de la liquidación. Todos estos subapartados están compuestos de casillas que se tendrán que ir rellenando según los ingresos, gastos, retenciones...