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¿Qué daños provocados por Filomena cubre el seguro del coche?

Muchas pólizas no cubren los daños por fenómenos meteorológicos, situación en la que se deberá acudir al Consorcio de Compensación de Seguros.

¿Qué daños provocados por Filomena cubre el seguro del coche?
Javier González Europa Press

La borrasca Filomena ha causado graves estragos en las carreteras españolas. Actualmente, hay 716 vías afectadas por la nieve y 165 cortadas, según los últimos datos aportados por la Dirección General de Tráfico (DGT). Haber circulado por ellas, ha desencadenado accidentes que han acabado con muchos vehículos dañados o tirados en las cunetas. Asimismo, centenares de coches aparcados en el exterior han quedado enterrados por la nieve durante estos días.

Cuando el temporal amaine será momento de recuperar los medios de transporte más perjudicados, y será entonces cuando sus propietarios se percaten de lo que costará arreglar esos deterioros. Estas son las situaciones en las que se valora la compañía o el tipo de seguro que hayamos contratado para nuestro automóvil, pues de ello dependerá las coberturas que se nos ofrezcan.

Pocos seguros cubren los daños por fenómenos meteorológicos

En general, los seguros no cubren los daños que sufran los vehículos por fenómenos meteorológicos. Solo los ocasionados por el granizo están comenzando a formar parte de las coberturas que ofrecen las empresas aseguradoras. Si se tiene contratado el seguro a terceros, el vehículo no está cubierto ante ninguna catástrofe natural, a no ser que incluya una cobertura de daños propios (robo, lunas o incendio) o que se haya contratado una ampliación en la póliza para incluir este tipo de daños.

Sin embargo, desde el 1 de julio de 2016, todos los coches asegurados con una póliza de seguro de responsabilidad civil de automóviles en España pasan a estar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), un organismo estatal al que va destinada una parte del dinero de las pólizas suscritas. Esta entidad es la que tiene atribuida la indemnización de los daños provocados por determinadas catástrofes naturales, aunque solo cubre a “personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada, y siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima”, según explica el Consorcio en su página web.

Entre las causas que entran en el ámbito de aplicación del seguro de Riesgos Extraordinarios otorgado por el Consorcio, se encuentran las inundaciones extraordinarias, embate de mar, tornados y vientos con rachas superiores a 120 km/h, terremotos, maremotos o erupciones volcánicas. De esta forma, el Consorcio no cubrirá los siniestros producidos directamente por la nieve o las heladas causadas por el temporal Filomena, competencia de la aseguradora si la póliza los cubre, pero sí indemnizará los daños derivados de la inundación por deshielo posterior o la caída de un árbol debido a fuertes vientos.

Cómo se realiza la solicitud de indemnización al Consorcio

“La solicitud de la indemnización al Consorcio, tanto en el caso de daños personales como materiales, se puede presentar directamente por el propio asegurado, por el tomador o por sus respectivos representantes, o bien a través de la entidad aseguradora con la que se contrató la póliza o del agente o corredor de seguros que intervino en su contratación”, detalla el Consorcio. De esta forma, la persona interesada puede acudir a su empresa aseguradora o directamente al Consorcio si está asegurada a todo riesgo. El proceso es el mismo: una semana después de notificar el problema, aproximadamente, se recibirá la visita de un perito para valorar los daños del vehículo.

En cualquier caso, la comunicación de daños materiales o personales, y la solicitud de indemnización, habrá de efectuarse lo antes posible, bien por llamada telefónica, llamando al llamando al 900 222 665, o bien de forma online, a través de la web del Consorcio de Compensación de Seguros.