CORONAVIRUS

Ayudas a comercios y hostelería: cuándo se aprueban y quiénes pueden solicitarlas

El Consejo de Ministros aprobará un paquete de medidas para la hostelería y el comercio el próximo martes tras más de un mes de negociaciones.

Ayudas a comercios y hostelería: cuándo se aprueban y quiénes pueden solicitarlas
JL Cereijido EFE

El Consejo de Ministros aprobará el martes, tal y como informa El País, un paquete de medidas destinadas a los sectores de la hostelería y el comercio, dos de los más afectados por las restricciones aplicadas como consecuencia de la pandemia. En el proyecto han participado varios departamentos del Gobierno de España: la vicepresidencia económica, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Turismo y Comercio y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

La medida principal es una rebaja del 50% en el precio del alquiler de los locales de hostelería y comercio que sean propiedad de los llamados ‘grandes tenedores’, que son aquellos que tienen más de 10 inmuebles. Además, los que no sean ‘grandes tenedores’ podrán beneficiarse de bonificaciones fiscales si rebajan los alquileres de los locales que se destinen a la actividad comercial u hostelera.

El Gobierno reconoce que no existen cálculos precisos sobre cuántas personas se van a ver beneficiadas por las medidas, pero sí asegura que existen numerosas reclamaciones sobre la poca paciencia de los arrendadores a la hora de exigir los pagos de los alquileres mensuales. Por ello, la medida forzará a los grandes propietarios a levantar la mano con el cobro de unas mensualidades que están complicando el futuro de cientos de negocios en España.

Según Hostelería de España, la industria perderá, aproximadamente, la mitad de los 130.000 millones de euros facturados durante 2019. La propia entidad estima que cerca de un tercio de los 300.000 negocios que permanecían abiertos antes de la pandemia podría cesar su actividad como consecuencia de la caída de ingresos durante la crisis del coronavirus.

Posibles beneficiarios

Se podrán beneficiar de las medidas aquellos arrendatarios que cumplan varios requisitos. El primero e indispensable es que el local donde desempeñan su trabajo sea propiedad de un propietario que, además, tenga a su nombre 10 o más locales. Si esto no se cumple, la norma contemplará la posibilidad de que los propietarios disfruten de beneficios fiscales si rebajan el alquiler a sus inquilinos.

Tras valorar la titularidad del local, será necesario que no se haya producido previamente un acuerdo entre arrendador y arrendatario para la reducción del alquiler o para postergar el pago. Si se cumplen estas condiciones, el alquilado podrá pedir esta reducción del 50% en el precio de su alquiler antes del 31 de enero de 2021.

El precio reducido permanecerá vigente durante los meses de dure el estado de alarma, sus posibles prórrogas y se extenderá cuatro meses después de su finalización. Es decir, esto significa que si el estado de alarma finaliza en el mes de mayo, tal como está previsto, el inquilino podría disfrutar de un alquiler al 50% hasta el mes de septiembre.