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La edad que hace falta para jubilarse anticipadamente en España

Si un trabajador quiere retirarse de forma voluntaria antes de cumplir los años exigidos legalmente debe haber cotizado, al menos, durante 35 años.

La edad que hace falta para jubilarse anticipadamente en España
Eduardo Parra - Europa Press Europa Press

Hasta ahora, los trabajadores españoles podían jubilarse a los 65 años y diez meses si habían cotizado al menos 37 años, aunque existía la posibilidad de jubilarse anticipadamente a los 63 años. Sin embargo, estos requisitos cambiarán en 2021. La edad de jubilación se irá retrasando en España progresivamente hasta alcanzar los 67 años en 2027 con el fin de tener más población activa que se haga cargo del pago de las pensiones y retrasar el cobro de estas prestaciones.

De acuerdo con lo que dicta la Unión Europea, en 2021 se retrasa la edad de jubilación hasta los 66 años, al año siguiente hasta 66 años y dos meses, y así progresivamente hasta conseguir el objetivo fijado para 2027. No obstante, este principio no afecta a los empleados que tienen más años trabajados, ya que ellos podrán seguir jubilándose a partir de los 65 años si acreditan haber cotizado durante 37 años y tres meses en 2021. También se trata de un requisito creciente, pues en 2027 se requerirán 38 años y medio. No obstante, hay otros medios para jubilarse antes de la edad establecida, lo que se llama jubilación anticipada, que puede ser voluntaria o forzosa.

Jubilación anticipada voluntaria

La jubilación anticipada voluntaria permite jubilarse a los 64 años, hasta dos años antes de cumplir la edad legal, aunque es necesario haber cotizado 35 años, 15 de ellos justo antes de la jubilación. Sin embargo, para decir retirarse antes de tiempo es aconsejable tener una buena capacidad de ahorros ya que la cuantía de la pensión de jubilación se verá reducida en función el tiempo cotizado, tal y como explica la Seguridad Social en su página web:

- Reducción del 2% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y seis meses.

- Reducción del 1,875% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y seis meses.

- Reducción del 1,75% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.

- Reducción del 1,625% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.

Jubilación anticipada forzosa

La jubilación anticipada forzosa es aquella que se produce por causas ajenas al trabajador. Se puede acceder a ella cuatro años antes de alcanzar la edad legal correspondiente y es necesario haber cotizado, al menos, durante 33 años. En caso de jubilaciones por despido, por ejemplo, la edad se fija en 62 años. Asimismo, las reducciones que se producen en la cuantía de la prestación también son ligeramente menores:

- Reducción del 1,875% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y seis meses.

- Reducción del 1,75% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y seis meses.

- Reducción del 1,625% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.

- Reducción del 1,5% por cada trimestre que se anticipe la edad legal correspondiente cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.