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Confinamiento en Cantabria: nuevas restricciones, cuánto duran y cuándo entran en vigor

El presidente de la comunidad, Miguel Ángel Revilla, ha anunciado el confinamiento de todos los municipios hasta el 9 de noviembre.

Confinamiento en Cantabria: nuevas restricciones, cuánto duran y cuándo entran en vigor
EFE

Cantabria ha optado finalmente por dar un paso más y ha tomado la decisión de confinar todos sus municipios. Así lo ha anunciado su presidente Miguel Ángel Revilla en una comparecencia junto al vicepresidente, Pablo Zuloaga, el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, y la directora general de Salud Pública, Paloma Navas. “Me enfrento al día más complicado de toda mi vida política”, ha afirmado en el momento de desvelar las nuevas medidas, uniéndose a comunidades como Murcia o Castilla y León.

“Vivimos momentos muy duros y hay que tomar decisiones en consecuencia de esa gravedad. Si no tomamos medidas drásticas estamos en camino de llegar a cifras insoportables para los hospitales”, ha explicado Revilla. Y en base a ese razonamiento se hará oficial en el Boletín Oficial de Cantabria la limitación de la movilidad hasta, como mínimo, el día 9 de noviembre, el próximo lunes. Entra en vigor en el momento de la publicación del documento.

De hecho, Revilla ha declarado que lo más probable que es que se alargue hasta alcanzar los 14 días de duración, ya que esa fecha es solo porque es cuando acaba el primer estado de alarma. Así, tras intentar anular las vacaciones escolares de la comunidad de esta semana y verse impedido el intento de manera judicial, Cantabria ha recurrido a la segunda alternativa.

Los detalles de la restricción de movilidad

Con el decreto del confinamiento y el consecuente cierre perimetral la movilidad queda reducida a muy pocos desplazamientos entre municipios, casos que son similares a otros que ya se han anunciado con anterioridad cuando cerraron Santoña o el barrio de La Inmobiliaria.

Por tanto, solo se puede salir en los siguientes supuestos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Otras medidas a tener en cuenta

Además del cierre perimetral, queda prohibido el consumo en el interior de bares y restaurantes, de forma que solo quedan abiertas las terrazas. Los aforos también se ven afectados en bodas, velatorios o lugares de culto. Por otro lado, el ocio juvenil en centros o en ludotecas queda suspendido, igual que las visitas a residencias de estudiantes.

Con la publicación del Boletín Oficial de Cantabria, quedarán oficializadas estas y más medidas, catalogadas por Revilla como “durísimas”, y con el único objetivo de reducir los contagios y doblegar la curva.