Toque de queda en Madrid: ¿cuántas personas pueden reunirse y qué se puede hacer?
Con el toque de queda fijado por la Comunidad de Madrid desde las 0:00 hasta las 6:00 horas, la movilidad queda reducida a muy pocos casos justificados.
Con el nuevo estado de alarma anunciado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se establecía un toque de queda de 23:00 a 6:00 horas, algo que cada comunidad autónoma podía ampliar o reducir una hora. Fue el caso de la Comunidad de Madrid, que decidió limitar la movilidad de 0:00 a 6:00 horas por las distancias tan grandes que hay y los trayectos tan largos.
Por tanto, con el decreto firmado por la presidenta Isabel Díaz Ayuso se establecían una serie de medidas para limitar la libertad de circulación en el mencionado horario nocturno, al igual que otras a lo largo del día. Entre ellas, el número máximo de seis personas no convivientes para las reuniones, aunque con una opción abierta. Estas reuniones se pueden producir también en horario nocturno siempre que no haya movilidad fuera de la casa en el horario restringido.
Esta no prohibición ha suscitado mucho debate en la última semana, ya que era algo que antes del nuevo decreto no estaba permitido. Sin embargo, la razón esgrimida por la Comunidad de Madrid ha sido la necesidad de ajustarse al Real Decreto del estado de alarma.
¿Qué se puede hacer en Madrid?
Para empezar, además de lo establecido en el decreto y del toque de queda, hay una serie de medidas restrictivas impuestas para 35 zonas básicas de salud. Por lo tanto, hasta el 15 de noviembre como mínimo, estas áreas tienen limitaciones de movimiento, impidiendo su salida salvo causa justificada, así como la entrada en estas zonas.
Solo se permiten movimientos por motivos laborales, acceso a centros educativos, regresar a la zona residencial, acceso a entidades bancarias o de seguros, exámenes o necesidad prioritaria y urgente, o asistencia a personas mayores, menores o dependientes. Dentro del perímetro sí hay libertad. Igualmente, los parques infantiles están cerrados y los aforos están muy limitados, por norma general al 50%.
Una vez pasado el puente, a partir del día 3 de noviembre se puede entrar y salir de la región con normalidad, porque deja de haber confinamiento. Pero las limitaciones se mantienen. Con el toque de queda nocturno los establecimientos quedan cerrados salvo el servicio a domicilio, y no se permiten reuniones en espacios públicos ni en parques y jardines, que están cerrados. A partir de las 23:00 los bares y restaurantes no admiten más clientes, no se permite el consumo en barra, con mesas de hasta seis personas. E igualmente, los establecimientos comerciales cierran a las 22:00 horas salvo los comercios esenciales.
Por lo tanto, la única forma de estar fuera de casa más allá de las 0:00 horas es por causas justificadas mencionadas anteriormente como motivos laborales, algo de máxima urgencia, desplazamientos justificados, o asistencia a personas vulnerables.
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