CORONAVIRUS

Restricciones al deporte en Madrid: medidas, aforos, excepciones y dónde puedo hacerlo

Las limitaciones impuestas por el Gobierno establecen, entre otras acciones, que no se puede salir de los municipios confinados para hacer ejercicio.

Restricciones al deporte en Madrid: medidas, aforos, excepciones y dónde puedo hacerlo
EFE

 El deporte es una actividad fundamental para mantenernos sanos, así como para protegernos contra numerosas enfermedades, como la COVID-19 que tanto daño está haciendo actualmente en todo el mundo. Por eso, cuando acabó el confinamiento muchas personas agradecieron volver a practicarlo. Pero, con las nuevas restricciones impuestas por el Gobierno central en la Comunidad de Madrid debido al aumento de casos, los madrileños deberán tener en cuenta una serie de factores antes de realizar cualquier tipo de deporte.

Las restricciones recogidas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que entraron en vigor el viernes por la noche, establecen que las instalaciones deportivas de interior tendrán una limitación de aforo del 50%, mientras que en las que estén al aire libre será del 60%. Además, la práctica de deporte en grupos queda reducida a un máximo de seis personas.

Por otra parte, debido a las limitaciones en la movilidad, no se puede salir de los municipios confinados para hacer deporte. Dentro de estos se permitirá la libre circulación de sus residentes, por lo que también se podrá hacer ejercicio, siempre y cuando se cumplan las normas establecidas por las autoridades sanitarias.

La excepción será para las competiciones oficiales, para que se aplicará el Protocolo de actuación establecido por el Consejo Superior de Deportes (CSD). Sin embargo, en el documento no se recoge ningún apartado sobre el deporte federado, por lo que, a falta de que las federaciones o el CSD publiquen alguna rectificación, se tendrán que aplicar las medidas aplicadas en BOE.

¿Dónde se aplican estas medidas?

El Gobierno implantó estas medidas “de obligado cumplimiento”, entre otras, en las localidades de 100.000 habitantes que cumplan los criterios epidemiológicos y sanitario definidos por el ministerio de Sanidad:

- Incidencia superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días.

- El porcentaje de test realizados positivos tendrá que ser también superior a un 10%.

- El porcentaje de ocupación de camas de UCI por pacientes de COVID-19 mayor al 35% de la dotación existente antes de la pandemia.

De esta forma, en la Comunidad de Madrid quedan afectados la capital y otros nueve municipios: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles, Parla.

La presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ya ha anunciado que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, ha aclarado en el pleno de la Asamblea de Madrid que aplicarán las órdenes porque la Comunidad “no está en rebeldía”.