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Ayudas a autónomos: hasta cuándo se extienden las ayudas, cuáles son y cómo solicitarlas

Tras un acuerdo con el Gobierno, las ayudas se prorrogan hasta el próximo 31 de enero para seguir luchando contra la pandemia.

Ayudas a autónomos: hasta cuándo se extienden las ayudas, cuáles son y cómo solicitarlas
EFE

Esta mañana el Gobierno ha llegado a un acuerdo con los trabajadores autónomos para prorrogar las ayudas por la crisis provocada por la COVID-19. Este marco de ayudas vencía el próximo miércoles, aunque hoy se ha dado lugar a un preacuerdo por ambas partes en el que se indica que las ayudas se podrán dar hasta el próximo 31 de enero de 2021. Con este nuevo esquema, se verían beneficiados en torno a 600.000 personas.

Con estas ayudas se quiere cubrir el gasto que el coronavirus ha dejado en los negociados de todo el país. Una situación por la que, alrededor de tres millones de afiliados, sufren como consecuencia de la crisis de esta pandemia, tal y como informa Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), el órgano más representativo de este colectivo. "No va a quedar atrás prácticamente ningún autónomo que lo necesite”, ha añadido el presidente de la organización, Lorenzo Amor.

Tres casos en los que puedes pedir ayudas

Dentro de este preacuerdo se ha detallado hasta tres casos en los que es posible pedir este tipo de ayudas. La primera de ellas trata de la prestación extraordinaria por cese de actividad hasta el 31 de enero, para todos aquellos autónomos que tengan que cerrar por motivos de restricción administrativa. En este tipo de casos, los trabajadores cobrará el 50% de la base de la cotización, lo que quiere decir, una rebaja de 20 puntos porcentuales respecto al modelo vigente a día de hoy (el 70%). Además, contarán con una exoneración que se ampliará un mes desde la fecha del cierre y cese de la actividad.

Con este preacuerdo se recupera también la prestación extraordinaria por cese de la actividad para quienes haya tenido una pérdida del 75% de su actividad pero que no hayan tenido el periodo mínimo de cotización de un año. El cobro de esta prestación se realizará si entre octubre y 31 de enero la retribución no supera el salario mínimo interprofesional. Tendrán acceso a esta prestación todo los autónomos en pluriactividad siempre que la suma de sus retribuciones por cuenta propia y ajena no supere 2,2 veces el SMI, es decir, los 2.320 euros.

La segunda ayuda será una prórroga de las ayudas ordinarias ya puestas en marcha. Una ayuda ordinaria para los autónomos que hayan agotado su periodo de prestación contributiva de cuatro meses, por lo que podrán solicitar esta prórroga hasta el próximo 31 de enero, eso sí, demostrando las pérdidas del 75% de su facturación respecto al mismo período de un año antes. El último caso para pedir esta ayuda por la pandemia del coronavirus está dirigida a los autónomos de temporada, trabajadores que hayan cotizado 120 días entre junio y diciembre de los último años con una prestación durante cuatro meses.

¿Dónde puedo solicitarlo?

A través de las páginas web de las mutuas y el SEPE. Existen formularios en dichas direcciones web que se deben rellenar y a las que es necesario adjuntar la documentación necesaria para solicitad la ayuda de manera telemática. Entre los documentos solicitados es necesario adjuntar una declaración jurada de producción, con fecha del día que se declaró el estado de alarma en España, el 14 de marzo, y cese de actividad por fuerza mayor.

En caso de solicitar la ayuda por pérdida de ingresos, es necesaria presentar la documentación de la contabilidad que lo justifique, además de otra declaración jurada que haga constar que se cumplen todos los requisitos para tener derecho a la prestación.