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Elecciones en Galicia y País Vasco: cómo solicitar el voto por correo y hasta cuándo se puede

Ambos comicios se celebrarán el próximo 12 de julio tras ser aplazados por la pandemia. Las personas que quieran votar de forma no presencial ya pueden realizar la gestión.

Elecciones en Galicia y País Vasco: cómo solicitar el voto por correo y hasta cuándo se puede
Lionel Urman / Panoramic / BestimageGTRES

Las elecciones autonómicas de Galicia y del País Vasco serán las primeras que se celebren en España durante la nueva normalidad. Ambos comicios tendrán lugar el próximo 12 de julio, después de que tuvieran que aplazarse debido a la pandemia del coronavirus. Como es habitual, es posible votar por correo de forma presencial acudiendo a una oficina postal o desde el propio domicilio si se cuenta con la documentación necesaria.

La gestión para realizar la petición para votar por correo puede efectuarse hasta el jueves 2 de julio. Para ello se puede acudir hasta esa fecha a una oficina de Correos presentando el DNI, pasaporte o carné de conducir. Asimismo, y a consecuencia de las circunstancias especiales que atraviesa el país por la COVID-19, la solicitud de inscripción en el censo puede efectuarse igualmente por vía telemática a través de la página web www.correos.es.

Gestión telemática

Para realizar la gestión por internet es imprescindible contar con un DNI electrónico o un certificado digital que permita la firma de la solicitud, además de disponer de la aplicación AutoFirma. El plazo límite para pedir la inscripción en el censo de esta forma es igualmente el 2 de julio, concretamente hasta las 23:59 horas de ese día.

Documentación

La fecha máxima establecida para la recepción de la documentación es el 5 de julio. Según está estipulado, Correos “se responsabiliza de realizar al menos dos intentos de entrega en mano al propio destinatario”. El ciudadano contará en el momento de la recepción de la documentación con la posibilidad de entregar el voto al cartero. Si lleva a cabo esta opción, recibe un justificante acreditativo del depósito de su voto. En caso de no hacerlo, el elector podrá acudir a cualquier oficina de Correos para depositar su voto.

Finalización del plazo para votar

Dos días antes de la celebración de las elecciones termina el plazo para votar de manera no presencial. Si no se entregó el voto al empleado de Correos cuando se recibió la documentación, el límite para ir a una oficina acaba con el horario de cierre fijado en estos locales, es decir, a las 14:00 horas del 10 de julio.