Impuesto de circulación en Madrid: plazos, fechas de pago y cómo domicilar para pagar el IVTM
Es un impuesto directo que grava la titularidad de vehículos a motor aptos para circular por la vía pública, de manera independiente de su clase y naturaleza.
Todos los usuarios que tengan un vehículo apto para circular por la vía pública, independientemente de su clase y naturaleza, están obligados a pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecanica (ITVM). Lo tienen que hacer quienes figuren en el permiso de circulación a 1 de enero del año en curso.
El plazo para poder pagar
El plazo para poder pagarlo es desde el 1 de mayo hasta las 20 horas de este 30 de junio. En el caso de los que pertenezcan a Madrid, el Ayuntamiento ha habilitado diferentes métodos para poder realizar el trámite:
¿Cómo realizar el trámite?
Domiciliación bancaria
Para recibos que no tengan domiciliación bancaria anterior, el importe de este año se cargará en la cuenta bancaria quince días después de la finalización del periodo voluntario de pago (15 de julio), y en años sucesivos, el último día de dicho período. La domiciliación tendrá efectos tanto para este año como para años sucesivos y podrá solicitarse durante el período voluntario de pago a través de:
- Internet: a través de la página web del Ayuntamiento de Madrid.
- Teléfono de atención a la ciudadanía 010 (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Por internet
Hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario de pago (30 de junio):
- Mediante tarjeta de crédito o débito: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.
- Por Banca Electrónica si es cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
- Con Certificado digital: en Banco Santander, Banco Sabadell y Caixabank, si dispone de alguno de los certificados electrónicos admitidos por el sistema Cl@ve y además es cliente de alguna entidad colaboradora.
Por teléfono
Hasta las 20 horas del último día del periodo voluntario de pago (30 de junio):
- Por Banca Telefónica, si es cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
- A través del teléfono de atención a la ciudadanía 010 (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid), mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro).
Presencialmente
En cualquier entidad financiera y bancaria autorizada mediante el recibo enviado por el Ayuntamiento (si no lo ha recibido puede solicitar un duplicado).
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