Visitas a residencias en fase 2 y 3: restricciones para ver a mayores y personas con discapacidad
Todos los territorios españoles se encuentran ya en fase 2 o 3 de la desescalada, lo que supone que se permiten las visitas a las residencias, pero con estrictas medidas.
Hoy lunes, 8 de junio, han entrado en la fase 2 de la desescalada los territorios nacionales que todavía estaban en fase 1. Algunos otros se han mantenido en esta fase y otros ya están en la última antes de llegar a la "nueva normalidad". Esto supone que ya no hay ningún territorio en fase 0 o 1 de la desescalada.
Permitidas las visitas a residencias en fase 2
Algunas de esas zonas que han superado la fase 1 son Madrid, una parte de Barcelona y parte también de Castilla y León. Y en esta nueva etapa de la desescalada ya tienen permitidas las visitas a residencias de mayores y centros para personas con discapacidad.
En la fase 2, se podrán acudir a visitar a los familiares en residencias. Pero, lo tendrá que hacer un familiar por residente, tras dar negativo en una prueba PCR, con cita previa y garantizándose las medidas de distanciamiento e higiene.
Algunos centros han instalado una especie de mamparas con brazos de plástico para que los familiares se puedan abrazar con sus allegados, sin llegar a tener contacto directo. Además, también se mide la temperatura a todas las personas que entran al centro. En fase 3, las condiciones son muy parecidas, quedando las modficiaciones a criterio de cada Comunidad Autónoma.
Actividades grupales en centros de personas con discapacidad
En la fase 2, se inician también las actividades grupales en los centros de atención temprana y diurnos de enfermedad mental. Lo harán con límite de aforo, horarios escalonados y medidas de protección. Asimismo, se realizarán altas de nuevos usuarios y se iniciará la actividad en centros de atención diurna si la situación epidemiológica lo permite.
Competencia de las comunidades autónomas
Establecer los requisitos y condiciones para estas visitas es competencia, desde esta fase 2, de las comunidades autónomas y ciudades autónomas, como apuntaba la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE):
Las comunidades autónomas y las ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros y residencias de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores, así como la realización de paseos por los residentes.
Corresponderá a las comunidades autónomas y a las ciudades autónomas establecer los requisitos y condiciones en las que se deben realizar dichas visitas y paseos.
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