Renta Mínima de Inserción: diferencias con el Ingreso Mínimo Vital y en qué comunidades se aplica
Las personas más desvaforecidas cuentan con una prestación económica que es gestionada por los gobiernos de las regiones. El nombre de la misma varía en función del territorio.
Antes de la aprobación por el Gobierno del Ingreso Mínimo Vital el pasado viernes, las comunidades autónomas ya aplicaban otras rentas mínimas de inserción para ayudar a los más desfavorecidos. No obstante, ambas serán compatibles, ya que el objetivo de la prestación aprobada por el Ejecutivo central es la de ser una renta complementaria para los hogares con menos recursos económicos.
La diferencia principal entre la Renta Mínima de Inserción y el Ingreso Mínimo Vital radica en que la primera sólo se aplica a quienes residen de forma permanente en una determinada comunidad autónoma, por lo que es necesario estar empadronado en alguno de sus municipios para percibir esta prestación.
Varían la cuantía y los plazos
Además, la Renta Mínima de Inserción es gestionada por los gobiernos de las autonomías y su cuantía y plazos varían según el territorio, a diferencia de lo que sucederá con en el Ingreso Mínimo Vital debido a las normas generales establecidas por parte del Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez. Asimismo, estas prestaciones regionales cuentan con un nombre oficial diferente según la comunidad que se trate. Así, es conocida también como Renta Garantizada de Ciudadanía, Renta básica o Ingreso Mínimo de Solidaridad, entre otras formas.
Esta Renta Mínima de Inserción tiene presencia en las 17 comunidades españolas (Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco y La Rioja) y en las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla.