CORONAVIRUS

Fases de la desescalada: qué se puede hacer y qué no según el BOE del 23 de mayo

El último boletín incluye novedades en ámbitos como el turismo, la educación, las fronteras o el transporte internacional por barco y avión.

Coronavirus España 2020
Juan Herrero EFE

El Boletín Oficial del Estado publicado este sábado 23 de mayo contiene novedades en ámbitos tan dispares como el turismo, el sector educativo, los transportes por vía aérea o marítima y el estado de las fronteras de España. También incluye la prórroga del estado de alarma hasta el 7 de junio y medidas en justicia, precios del tabaco, violencia de género o retribuciones de empleados públicos. A continuación detallamos algunas de las más importantes:

Turismo

El documento establece que en las actividades de turismo activo y naturaleza y otras actividades de ocio podrán concurrir grupos "de hasta 20 personas", siempre siguiendo las indicaciones de la orden que Sanidad emitió al respecto el 9 de mayo. Los parques naturales podrán abrir a un 20% de su aforo y los teleféricos, con un 50% de ocupación por cabina y realizando labores de desinfección antes. Deberá haber geles hidroalcohólicos en estas instalaciones y la distancia de seguridad será de "al menos un asiento entre personas o grupos de no convivientes".

Playas

Para el tránsito y permanencia en las playas se establecen, así como las actividades deportivas, de recreo, etc, en ellas se establecen preceptos como que se deben realizar individualmente y sin contacto físico, el uso de duchas y aseos con una ocupación máxima de una persona salvo en el caso de que necesite asistencia, el mantenimiento de distancias de seguridad o las limitaciones de acceso.

Educación

Este BOE habilita al sector educativo para ir recuperando cierta actividad presencial. Establece que será posible "la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación". Pero también habilita a las autoridades educativas a mantener "las modalidades a distancia y 'on line' siempre que sea posible". En el caso de las autoescuelas, deben fomentar esto último pero pueden reabrir a un tercio de su aforo. En todos los casos serán preceptivas las medidas de higiene y distanciamiento social.

Transportes

En cuanto a los puntos de entrada aéreos y marítimos, estarán en el primer caso en los aeropuertos de El Prat de Barcelona, Adolfo Suárez de Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Sevilla, Ibiza, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, Tenerife Sur, Alicante y Valencia. Los puertos habilitados son Barcelona, Bilbao, Las Palmas, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Vigo. El texto también introduce la posibilidad de modificar estos preceptos cuando alguna comunidad autónoma lo solicite.

Fronteras

En la gestión de las fronteras interiores se prorrogan todos los controles establecidos anteriormente a nivel terrestre, marítimo y aéreo "desde las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020 y durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas". En cuanto a quiénes pueden entrar en España durante el cierre de las fronteras exteriores, establece los supuestos de: ciudadanos españoles, residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia, trabajadores transfronterizos, profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral, quienes vayan a permanecer en territorio español por cualquier otro motivo exclusivamente laboral, incluidos los trabajadores de temporada, siempre que se acredite documentalmente y aquellos que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad. El personal diplomático y las tripulaciones de buques y aeronaves destinadas al transporte comercial también estarán exentos de prohibiciones.

Paseos y deporte

En lo referente a las salidas a la calle para pasear o hacer deporte, se hace extensible a todo el territorio lo aprobado con anterioridad para municipios de hasta 10.000 habitantes. A partir de ahora, cada adulto podrá acompañar a más de tres niños en sus paseos y actividades físicas. En aquellos territorios que ya estén en la fase 1 de la desescalada, los grupos podrán incluir hasta 10 personas; en los que pasen a la 2, de hasta 15, siempre respetando medidas de higiene y distancias de seguridad. El deporte ya no tendrá que hacerse obligatoriamente de forma individual.

El BOE también incluye modificaciones y nuevas normas en aspectos como la realización de obras en viviendas ya existentes, la gestión de residuos de los equipos de protección contra el coronavirus, las visitas a residencias de mayores y personas con discapacidad o las autorizaciones a vuelos de aviación privada.