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Uso del coche en la fase 2 de la desescalada: para qué se puede usar y para qué no

Los supuestos en los que se podrá utilizar el vehículo particular y las normas se ampliarán con la entrada en vigor de la fase 2 del plan de desescalada.

Uso del coche en la fase 2 de la desescalada: para qué se puede usar y para qué no
HARISH TYAGIEFE

Una de las ventajas que traerá la fase 2 de la desescalada será la relajación de las normas de utilización de vehículos privados. Se ampliarán las posibilidades tanto en los lugares a los que se podrá ir como en la cantidad de personas que podrán viajar en un mismo vehículo.

Entre los destinos permitidos para los desplazamientos estarán centros comerciales, comercios minoristas, mercadillos, bares y restaurantes, lugares de culto, velatorios, bodas, playas, piscinas, reuniones con familiares y amigos, espectáculos, hoteles o segundas residencias, puesto que todo eso estará operativo ya en esa etapa. Eso sí, todo suponiendo que el destino esté dentro de la misma provincia, puesto que los desplazamientos interprovinciales seguirán estando prohibidos hasta la llegada de la fase 3.

Coches

En cuanto a las personas permitidas en cada coche, furgoneta, etc, la normativa al respecto dice que "en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla". Cuando no todos los ocupantes residan juntos "podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes".

Motos

En cuanto a los vehículos de dos ruedas, en las motos de categoría L en general, que estén provistas con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio para el pasajero y el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores de uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.