Salvoconducto Ecuador: ¿quién lo necesita y quién no para circular durante la emergencia?
Desde el martes, 21 de abril, se puede solicitar el tercer salvoconducto en la web del Gobierno, que entrará en vigor a partir de la madrugada del próximo sábado.
El tercer salvoconducto del Gobierno entrará en vigor a partir de las 23:59 horas de mañana viernes. Todo aquel que quiera circular con su vehículo por las calles de Guayaquil tendrá que rellenar, nuevamente, el formulario y solicitarlo en la web oficial www.ministeriodegobierno.gob.ec. No todos los ciudadanos necesitan el salvoconducto para poder circular porque hay excepciones durante la emergencia sanitaria.
Quiénes necesitan el salvoconducto
Durante el estado de emergencia sanitaria, los dueños de negocios de medicamentos, alimentos o de abastecimiento necesitan el salvoconducto para poder circular por las calles de Guayaquil o para salir de la ciudad por una de sus cinco entradas. Al igual que aquellos ciudadanos que necesiten movilizarse para acudir a la consulta médica. El nuevo salvoconducto se puede solicitar desde el pasado martes, 21 de abril.
Quiénes necesitan el salvoconducto
El Gobierno de Ecuador abrió un nuevo portal en Internet para tramitar el nuevo salvoconducto con la implantación de las nuevas reglas. Los autónomos particulares podrán circular solo una vez a la semana para poder abastecer a los negocios.
Quiénes no necesitan el salvoconducto
Durante el estado de emergencia, hay un par de casos excepcionales que no precisan la utilización del salvoconducto. En este caso, los que necesiten comprar alimentos o fármacos fuera del toque de queda, comprendido entre las 5:01 y las 13:59 horas, podrán circular sin la necesidad de tener el permiso de circulación. Tampoco lo necesitan trabajadores de sanidad, seguridad y control, personal de sectores estratégicos, funcionarios, banqueros, autoridades gubernamentales y cuerpos diplomáticos.
Durante el estado de emergencia se puede pedir un taxi o un coche de alquiler para poder circular aunque hay que tener en cuenta el último número de la matrícula del vehículo. Lunes, 1 y 2. Martes, 3 y 4. Miércoles, 5 y 6. Jueves, 7 y 8. Viernes, 9 y 0. En el fin de semana no está permitido la circulación.