DECLARACIÓN DE LA RENTA

Declaracion Renta: ¿cuál es la casilla de la cuota de sindicatos?

El importe de las cuotas pagadas al sindicato afiliado son deducibles en la Renta 2019, que arrancó su campaña el pasado 1 de abril y finaliza el 30 de junio.

Casilla de la Declaración de la Renta para sindicatos.

El pasado 1 de abril arrancaba una nueva campaña para la presentación de la Declaración de la Renta, en medio del estado de alarma en el que está sumido el país por la pandemia del coronavirus. El periodo para presentarla finaliza el 30 de junio y se puede realizar a través de la página web de la Agencia Tributaria. 

Sin embargo, hasta el 7 de mayo no se puede presentar por vía telefónica, gracias al Plan 'Le Llamamos' y hasta el 13 del mismo mes de manera presencial en una oficina de la Administración, si el estado de alarma permite abrirlas para esa fecha.

Cada contribuyente puede añadir diferentes gastos deducibles en su Declaración de la Renta. En el caso de los afiliados a los sindicatos, pueden deducirse el importe de la cuota que pagan a la organización sindical. Las aportaciones anuales realizadas a sindicatos pueden suponer un ahorro de entre el 20 y 35%, según los casos.

La casilla para añadir esos pagos a sindicatos es la 14 ("Cuotas satisfechas a sindicatos", dentro del apartado "Rendimientos de Trabajo"). La persona afiliada puede incluir esa cantidad consultando los recibos bancarios, aunque habitualmente se suele recibir un certificado con la totalidad del pago que se ha efectuado. Este último no es obligatorio, ya que es suficiente con indicar la cantidad devengada al sindicato en 2019.