Empleadas del hogar: cómo acceder al subsidio por desempleo
Te contamos las medidas explicadas por los dos vicepresidentes tras el Consejo de Ministros y las condiciones para las empleadas del hogar.
El Gobierno, después de la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros, ha lanzado otro paquete de ayudas para empresas y trabajadores afectados por la crisis producida por el coronavirus. Dos de las medidas más importantes han sido la moratoria de seis meses para las cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y pymes y, por otro lado, la creación de un subsidio extraordinario para los parados que no tienen acceso a la prestación de desempleo.
Entre ellas se encuentran las empleadas del hogar, que tendrán derecho a una ayuda siempre y cuando estén dadas de alta en la Seguridad Social y que hayan perdido sus trabajos durante la crisis sanitaria por el coronavirus o aquellas cuyos contratos hayan quedado suspendidos. Así lo ha explicado Nadia Calviño, vicepresidenta tercera del y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital: "Este subsidio lo podrán solicitar las empleadas si se quedan sin empleo o si ven reducidas sus horas de trabajo. Además, es compatible con el mantenimiento de una parte de la actividad laboral".
¿Quién podrá acceder y de cuánto será el subsidio?
El subsidio aprobado este martes en el Consejo de Ministros está dirigido a las empleadas del hogar que estén dadas de alta en la Seguridad Social antes de que entrara en vigor el estado de alarma y que hayan dejado de prestar servicios "en uno o varios domicilios", de manera parcial o total. También podrán beneficiarse de esta ayuda aquellas empleadas que hayan sido despedidas durante la crisis del coronavirus. En cualquiera de los casos, se necesitará una declaración firmada por la persona empleadora o, en otro caso, la carta de despido.
La cuantía de esta prestación por desempleo equivaldrá al 70% de la base de cotización de la trabajadora y tendrá como tope el SMI. El subsidio se podrá cobrar desde la fecha del despido y no se podrá cobrar si se está de baja por incapacidad temporal.
¿Cómo debe solicitar y acceder a la ayuda?
Para acceder al subsidio por desempleo la empleada deberá acreditar mediante carta de la persona empleadora una carta de despido, la "comunicación" de desistimiento o la baja en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
Las personas a las que va destinada la ayuda podrán tener acceso a la misma desde la fecha de baja en la SS o desde la fecha que figure en la declaración firmada por el empleador/a y se podrá solicitar una vez que el SEPE habilite el procedimiento de solicitudes.
¿Se puede compatibilizar con otras ayudas?
Sí, el subsidio extraordinario para las empleadas del hogar será compatible con salarios por cuenta ajena o propia, pero la suma de ambos no podrá superar el salario mínimo. Sin embargo, no se podrá compaginar con el subsidio por incapacidad temporal o el permiso retribuido recuperable, también introducido por el Gobierno durante los últimos días.