CORONAVIRUS

Trabajadores sin derecho a paro: requisitos para solicitar la ayuda por desempleo

Te contamos las medidas explicadas por los dos vicepresidentes tras el Consejo de Ministros y las condiciones para acceder a la ayuda de 430€ por desempleo.

Trabajadores sin derecho a paro: requisitos para solicitar la ayuda por desempleo

El coronavirus ha generado una crisis a nivel mundial que nadie podía esperar cuando aparecieron los primeros casos en noviembre de 2019 en la ciudad china de Wuhan. El virus llegó a España y ha generado una situación inaudita que ha llevado al cierre de toda actividad que no sea esencial durante dos semanas. Y eso ha generado dudas e incertidumbre en el seno de la ciudadanía.

El Gobierno, después de la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros, ha lanzado otro paquete de ayudas para empresas y trabajadores afectados por la crisis producida por el coronavirus. Dos de las medidas más importantes han sido la moratoria de seis meses para las cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y pymes y, por otro lado, la creación de un subsidio extraordinario para los parados que no tienen acceso a la prestación de desempleo.

Este subsidio excepcional está dirigido a los trabajadores temporales que se hayan quedado en paro durante el periodo de estado de alarma y, además, no tengan acceso a paro o a cualquier otro subsidio. Así lo ha recogido el Gobierno en sus canales oficiales.

¿Quién podrá acceder y de cuánto será el subsidio?

El subsidio aprobado este martes en el Consejo de Ministros tendrá una duración, en principio, de un mes y tendrán derecho a acceder a él aquellos trabajadores temporales despedidos durante la crisis del COVID-19 "que no hayan cotizado el mínimo necesario para acceder a otro tipo de prestación o subsidio". La única condición será que el contrato que ha finalizado (por ERTEs o por despidos) tenga una duración mínima de dos meses.

El valor de esta medida del Gobierno en forma de subsidio llegará al "80% del Indicador Múltiple Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)". El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo y en este 2020 tiene un valor de 537,84€.

De esta manera, el subsidio extraordinario aprobado para esta crisis llegará será de 430,27 euros al mes. El IPREM lleva más de once años casi congelado entre los 517 y los 537 euros. De hecho, este es el cuarto curso seguido que se mantiene en los mismos niveles.

¿Se puede compatibilizar con otras ayudas?

No, este subsidio impulsado por el Gobierno durante las últimas horas no es compatible con cualquier otro subsidio por desempleo ni con "cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública".

Toda la información referente al tema y la ampliación de la misma será ofrecida por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social durante las próximas horas.