Sociedad

Una trabajadora de Mercadona sufre un accidente laboral con una espina de pescado: le reconocen la incapacidad laboral e indemnización

Una empleada de la pescadería padece limitaciones en la mano a causa de la lesión que le impiden desarrollar su actividad correctamente.

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Pickone
Luis Méndez
Actualizado a

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma la incapacidad permanente (IP) parcial derivada de accidente de trabajo a una trabajadora del Mercadona, afectada de dicha situación tras clavarse una espina de un pescado en la mano mientras lo estaba limpiando. En la sentencia, los magistrados de la Sala comparten el criterio del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, que estimó la demanda de la empleada, solicitando que se le declarase trabajadora afecta de IP parcial, ya que a raíz del accidente la empleada tuvo que someterse a varias intervenciones quirúrgicas y sesiones de rehabilitación, quedándole secuelas de movilidad y pérdida de fuerza en la mano derecha, así como dolores crónicos.

El accidente se produjo en horario laboral

La empleada desempeñaba sus servicios para Mercadona en la zona de la pescadería, siendo sus funciones principales, reponer el hielo y y el género en la cámara, manipular herramientas afiladas, así como limpiar y cortar el pescado para atender a la clientela. En marzo de 2019, la trabajadora sufrió un accidente de trabajo cuando, mientras estaba retirando las escamas a un pescado y haciendo uso del descamador, en uno de los movimientos fortuitos, el artilugio golpeó en la cara posterior del pescado, arrojando una afilada espina sobre la cara posterior del nudillo de su mano derecha. Seguidamente después del incidente, la empleada fue atendida por servicios médicos de la mutua de la empresa, siendo necesario que se le extirpara la espina que se le había clavado e inició proceso de incapacidad temporal.

Posteriormente, la empleada causó el alta médica y pudo volver a desarrollar su oficio con algunas limitaciones en su mano derecha, que le obligó a tomar varias sesiones de fisioterapia. No obstante, ante la persistencia de dolor se le realizó a la actora una ecografía en la que se apreciaron restos de cuerpo extraño, y se acordó realizar exéresis y neurolisis de la rama nerviosa radial que estaba adherida a la reacción cicatrizal, iniciando la trabajadora nuevo proceso de incapacidad temporal por recaída del proceso anterior.

Apta para seguir trabajando pero con limitaciones

La trabajadora se presentó a la mutua y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) escrito solicitando que se le reconociera la IP parcial derivada de su incidente de trabajo. La mutua por su parte presentó un al INSS una solicitud INSS una solicitud proponiendo que se le reconociera a la trabajadora que las lesiones que padecía no eran invalidantes, reconociéndole como secuelas derivadas de dicho accidente laboral una limitación de la movilidad global del tercer dedo de la mano derecha en más de un 50%, con indemnización de 750 euros.

Tras su reincorporación al trabajo después del proceso de incapacidad temporal, se valoró a la trabajadora mediante un informe médico que la empleada era “apta con limitaciones”, por lo que Mercadona adoptó medidas para que la trabajadora desarrollara su actividad atendiendo a sus limitaciones y en aras de que pudiera seguir trabajando. Sin embargo, el dolor persistió y volvió al proceso de IT. Tras una nueva evaluación por parte del INSS, se acordó aumentar la cuantía indemnizatoria a 1.080 euros pero manteniendo a la actora como afecta de lesiones permanentes no invalidantes. Por tanto, tras haber sido catalogada como “apta con limitaciones”, Mercadona volvió a establecer unas medidas para que la empleada no tuviera riesgo de empeorar sus lesiones. Por ejemplo, no podía usar material de corte propio de la sección de pescadería, ni levantar materiales o cajas que superen los 7 kg.

Incapacidad permanente parcial

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La trabajadora, por su parte, disconforme con la resolución del INSS que le declaraba afecta de lesiones permanentes no invalidantes, presentó demanda solicitando que se le reconociera afecta de una incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo, dado que contaba con lesiones en la mano derecha irrevocables que no le permitían trabajar correctamente. De esta manera, tras una resolución final, Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela estimó la demanda presentada por la trabajadora del Mercadona contra el INSS y la declaró actora afecta de una incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo.

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