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¿Qué se puede y qué no se puede hacer si estás de baja laboral?

No existe una normativa como tal aunque la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 175, avisa sobre los casos en que el trabajador puede perder dicha prestación.

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baja laboral
as.com

La baja médica es el tiempo que necesita el trabajador para recuperar su salud y durante la cual no puede acudir a su puesto de trabajo. Al ser una incapacidad temporal, dura como máximo 365 días, aunque pueden ser prorrogables 180 días más.

Según se recoge en el artículo 173 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en caso de enfermedad común o de accidente no laboral, el subsidio se abonará a partir del cuarto día de baja, aunque desde el día cuarto al decimoquinto de baja, ambos inclusive, el subsidio estará a cargo del empresario. En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio se abonará desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

Pese a ello, en el artículo 175 del mismo Real Decreto, se indican dos supuestos en los que el empleado puede perder el derecho a disponer de una baja laboral. Si se demuestra que el beneficiario de la prestación “haya actuado fraudulentamente”. También puede ser suspendido si el trabajador, sin justificar causa razonable, abandone o rechace “el tratamiento que le fuere indicado”.

Con este escenario, a cualquier trabajador siempre le surgen dudas sobre qué se debe hacer y qué no durante el periodo de baja laboral. No existe ninguna normativa al respecto que recoja específicamente las acciones a evitar y que se deban realizar, aunque dependerá del tipo de baja, de enfermedad y de las particularidades de cada caso. Los expertos aconsejan acudir al médico o especialista para que indique cuáles son las actividades que se pueden realizar.

Lo que sí indica la ley es que el trabajador debe priorizar la recuperación de su salud y evitar así cualquier conducta que pueda retrasar dicho proceso. Según explica la compañía de asesoramiento jurídico ‘Arag’ la práctica de actividad física, por ejemplo, se debe evitar si la lesión o enfermedad que padeces te impide realizarla, aunque sí es recomendable en caso de baja por razones psicológicas. Sucede lo mismo en caso de salir a la calle a pasear. Si la dolencia no lo impide, se puede salir sin problema.

¿Se puede viajar, salir de fiesta o hacer la compra estando de baja?

Con respecto a otros escenarios, dependerá también del tipo de lesión o baja. En el caso de los viajes, por ejemplo, no se recomienda si existe una lesión física de por medio, debido a que los médicos indicarán la necesidad de guardar reposo. Sí se recomienda en el supuesto de no poder trabajar por cuestiones psicológicas, algo similar a lo que sucede en el caso de la práctica de ejercicio físico.

Salir de fiesta a una discoteca o acudir a un festival de música, según explica en su web la mencionada compañía, se recomienda evitarlo salvo que los profesionales sanitarios indiquen lo contrario. Para hacer la compra, si la dolencia no impide acudir al supermercado, se puede realizar sin problema. En cualquier caso, serán los médicos los que indicarán qué se puede realizar estando de baja.