CONFLICTO UCRANIA - RUSIA
¿Qué dice el artículo 5 de la OTAN y qué consecuencias puede tener la explosión en Polonia?
La explosión de los proyectiles en territorio polaco, y la posibilidad de que sean misiles rusos, abre la duda sobre cómo reaccionará la OTAN al respecto. Rusia ha negado su implicación.
Dos personas han fallecido como consecuencia de la explosión de los proyectiles que han caído en la localidad polaca de Przewodów, cerca de la frontera con Ucrania. Una explosión que ha tenido lugar después de que las tropas rusas lanzaran misiles sobre Kiev durante este martes, y que han provocado el corte del suministro eléctrico en buena parte del país, así como la desconexión de Internet de siete millones de ciudadanos ucranianos. El ataque ruso en la capital ucraniana también ha tenido lugar el mismo día de la cumbre del G-20 en Bali (Indonesia), donde el presidente Volodímir Zelenski expuso su “fórmula de paz” para entablar negociaciones con Moscú.
Se desconoce el origen de los proyectiles, pero en el caso de ser rusos (Rusia ha negado su implicación), supondría el primer ataque de Rusia sobre territorio no sólo de la Unión Europea, sino también de la OTAN desde el inicio de la invasión en Ucrania, ya que Polonia es Estado miembro de la Alianza Atlántica desde el año 1999. Asimismo, la Alianza Atlántica recoge en el artículo 5 del Tratado de Organización el denominado principio de defensa colectiva, que es el principio único y permanente que une a sus miembros y establece un espíritu de solidaridad en la Alianza.
Por su parte, Bruselas también incluye un principio de defensa colectiva, en el artículo 42.7 de la cláusula de asistencia mutua de la UE que menciona qué se debe hacer en caso de que un Estado miembro sea agredido o reciba un ataque de una fuerza enemiga. “Si un Estado miembro es víctima de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros tendrán para con él una obligación de ayuda y asistencia por todos los medios a su alcance, de de conformidad con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas”.
“Un ataque contra una, se considerará como un ataque contra todas ellas”
Artículo 5 de la OTAN. Las partes convienen en que un ataque armado contra una o contra varias de ellas, acaecido en Europa o en América del Norte, se considerará como un ataque dirigido contra todas ellas y, en consecuencia, acuerdan que si tal ataque se produce, cada una de ellas, en ejercicio del derecho de legítima defensa individual o colectiva, reconocido por el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, asistirá a la Parte o Partes así atacadas, adoptando seguidamente, individualmente y de acuerdo con las otras Partes, las medidas que juzgue necesarias, incluso el empleo de la fuerza armada, para restablecer y mantener la seguridad en la región del Atlántico Norte.
Por ello, cualquier ataque armado que sufra un país miembro y cualquier medida que se tome como consecuencia de él debe ser comunicado inmediatamente al Consejo de Seguridad. Cuando este haya tomado las medidas necesarias para restablecer y mantener la paz y la seguridad internacionales, las medidas propias adoptadas por el país atacado deberán cesar.
Artículo 6, concepto de ataque armado
También se recoge en el artículo 6 el concepto de “ataque armado”, que incluye dos supuestos. El primero, “Contra el territorio de cualquiera de las partes en Europa o en América del Norte, contra los departamentos franceses de Argelia (1), contra el territorio de Turquía o contra las islas bajo jurisdicción de cualquiera de las partes en la región del Atlántico Norte al norte del Trópico de Cáncer”.
El segundo punto del artículo 6 recoge lo siguiente: “Contra las fuerzas, buques o aeronaves de cualquiera de las partes que están en dichos territorios o sobre ellos, o en cualquiera otra región de Europa en la que estuviesen estacionadas fuerzas de ocupación de cualquiera de las partes en la fecha en que el Tratado entró en vigor, o en el mar Mediterráneo, o en la región del Atlántico Norte, al norte del Trópico de Cáncer (2)”.