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¿Cuánto me queda de paro si he trabajado dos años y cuánto se cobra de prestación por desempleo

La duración del paro depende de la cotización por desempleo de los seis años anteriores en el momento que cesó la obligación de cotizar.

¿Cuánto me queda de paro si he trabajado dos años y cuánto se cobra de prestación por desempleo

El paro es una prestación de tipo contributivo. Es decir, para poder cobrarse tienen que generarse, de manera previa, ciertas contribuciones que se realizan a través de las cotizaciones de la Seguridad Social. De esta forma, el cobro del paro una vez que se deja de trabajar depende de la cotización que se ha realizado anteriormente.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar el paro. De manera periódica suele informar sobre los trámites más importantes de esta prestación en sus calanes oficiales para que los ciudadanos estén informados o por si tienen alguna duda.

Duración del paro

En el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social se establece que la duración del paro “estará en función de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar”. Es decir, los días cotizados hasta que el momento en que se deja de trabajar son los que establecen cuánto tiempo de paro tenemos derecho.

Existe una duración máxima y una mínima de cobro del paro. El mínimo es de cuatro meses y el máximo de dos años. En la siguiente lista, recogida en la Ley General de la Seguridad Social, se contemplan diferentes periodos de duración del paro en función de la cotización por desempleo.

  • Si se acumulan de 360 a 539 días se puede cobrar el periodo mínimo, 120 días de paro.
  • Si se acumulan de 540 a 719 días se puede cobrar durante 180 días el paro.
  • Si se acumulan de 720 a 899 días se puede cobrar durante 240 días el paro.
  • Si se acumulan de 900 a 1.079 días se puede cobrar durante 300 días el paro.
  • Si se acumulan de 1.080 a 1.259 días se puede cobrar durante 360 días el paro.
  • Si se acumulan de 1.260 a 1.439 días se puede cobrar durante 420 días el paro.
  • Si se acumulan de 1.440 a 1.619 días se puede cobrar durante 480 días el paro.
  • Si se acumulan de 1.620 a 1.799 días se puede cobrar durante 540 días el paro.
  • Si se acumulan de 1.800 a 1.979 días se puede cobrar durante 600 días el paro.
  • Si se acumulan de 1.980 a 2.159 días se puede cobrar durante 660 días el paro.
  • Si se acumulan 2.160 días de cotización se puede cobrar el paro durante el periodo máximo, 720 días (dos años).

Por lo tanto, si has trabajado durante dos años, el paro que te corresponde, según los datos anteriores, es de 240 días.

¿Cuánto me corresponde de prestación por desempleo?

A la hora de calcular cuánto corresponde de prestación por desempleo, la Seguridad Social tiene en cuenta la media de la base de cotización de los últimos 180 días cotizados. El importe diario que se cobra sería del 70% de la base reguladora durante los 180 primeros días de prestación por desempleo, y del 50% el resto de los días que dure el paro.

Dichas cantidades no pueden ser ni inferiores ni superiores al tope establecido. De esta forma la cuantía mínima, si la persona que opta al paro no tiene hijos, es de 540 euros. Si por la contra tiene un hijo o más, recibirá una prestación por desempleo de 722,80 euros.

En cuanto a la cuantía máxima, esta también depende del número de hijos que tenga el desempleado. Si no tiene hijos le corresponde una prestación de 1.182,16 euros; con un hijo, 1351,04 euros; y con dos hijos o más, recibirá una prestación de 1.519,92 euros.