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¿Cómo tributa un plan de pensiones en la Renta y qué pasa si se hace un rescate parcial o completo?

Se puede acceder al ahorro depositado en un plan de pensiones si se dan algunos de los supuestos excepcionales de liquidez contemplados en el Reglamento.

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Para la Agencia Tributria el plan de pensiones se trata de un salario en diferido, donde parte del sueldo actual se mete en un producto que no se puede tocar hasta el momento de la jubilación.

Cuando se coge el dinero, cuando se rescata, esos ingresos se computan como rentas del trabajo, por lo que los planes de pensiones pueden descontarse de la base imponible del Impuesto de la Renta, una medida que permite que la factura fiscal se no sea tan elevada.

Qué pasa con los ‘rescates’ a los planes de pensiones

A la hora de contratar un plan de pensiones hay tres fases: la aportación, la inversión y el rescate. Las dos primeras son más puntuales, mientras que la inversión se puede realizando durante décadas.

Se puede acceder al ahorro depositado en un plan de pensiones si se dan algunos de los supuestos excepcionales de liquidez contemplados en el Reglamento:

Jubilación: Ya sea a la edad ordinaria, anticipada o diferida. La contingencia de jubilación puede anticiparse en caso de verse afectado por un ERE, a partir de los 60 años si se causa baja en la Seguridad Social y no se acreditan otros requisitos de acceso a la pensión de jubilación.

Incapacidad laboral: Se refiere a la incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, o incapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, y también a la gran invalidez, determinada según lo establecido en el régimen de la Seguridad Social.

También se pueden dar situaciones de gran dependencia o dependencia severa.

Fallecimiento, generándose derechos a favor de herederos o beneficiarios específicamente designados.

Hay supuestos excepcionales de liquidez también, como una enfermedad grave, desempleo de larga duración, o liquidez por antigüedad de las aportaciones, un supuesto recogido en la reforma del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones y permitirá desde 1 de enero de 2025 solicitar el reembolso de participaciones con una antigüedad mínima de 10 años.

En cualquiera de los supuestos, tendrás que aportar determinada documentación, hablar con tu banco, y acreditar que eres el beneficiario y principal dueño de la cuenta bancaria.

Cómo cobrar un plan de pensiones

El beneficiario percibe el importe total del plan en un cobro único. Se puede dar también en forma de renta, que pueden ser de distintos tipos: rentas aseguradas temporales o vitalicias, de cuantía y duración garantizada, o bien rentas financieras cuya cuantía o duración no están garantizadas sino que dependen de la evolución del valor y rentabilidad del fondo de pensiones.

Se puede cobrar de forma mixta, una mezla de capital y una renta. O también en disposiciones, donde el beneficiario decide libremente las fechas y cuantías de los cobros.

Según los expertos de BBVA, “el rescate de un plan de pensiones tributa en IRPF integramente como rendimientos del trabajo. De manera excepcional, los rescates en forma de capital de participaciones con antigüedad 31/12/2006 o anterior están bonificadas con una reducción fiscal del 40%, tributando solo por el 60% restante”.

“Para contingencias acaecidas desde 1 de enero de 2015, el plazo para aplicar esta reducción es de 2 ejercicios fiscales. Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, el plazo es de 8 ejercicios fiscales. Para contingencias acaecidas en 2010 y con anterioridad, el plazo expiró el 31 de diciembre de 2018″, destacan.

“La reducción será del 50% para las prestaciones percibidas en forma de capital por personas con discapacidad de los sistemas de previsión social constituidos a su favor. Además, para los partícipes acogidos a este régimen especial para personas con discapacidad, el rescate en forma de rentas estará exento de tributación hasta un máximo de 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)”, señalan.