LEGALIDAD

Si te lucras con tu tatuaje, pagarás al tatuador

La Ley establece que los tatuadores son artistas, y les permite reclamar si hay afán de lucro al mostrar su creación

Beckham usa sus tatuajes como icono publicitario

El tatuaje es un arte, y los tatuadores son artistas. Por ello hay que tener cuidado si vas a salir luciendo tatuaje en fotos, y más aún si es algún tipo de campaña publicitaria, porque el que lo haya hecho puede reclamar derechos de autor.

La ley no distingue entre una obra hecha en un cuadro y en el cuerpo de una persona, por lo que iguala en derechos a pintores y tatuadores, y les permite reclamar derechos de autor si sus creaciones son utilizadas con un fin comercial.

"Un tatuaje que se realiza sobre la piel de una persona ha de ser tratado como una obra más; por ello, el hecho de que se pague por él no implica que se cedan los derechos de explotación", explica Javier Galán, abogado de la asesoría jurídica de Pons IP, a Expansión.

Beckham y Nike, afectados

Uno de los afectados más famosos por este embrollo legal fue Beckham. Cuando jugaba, se consideraba su trabajo y aunque se le viesen los tatuajes no podía conllevar reparto de derechos, pero no sucede igual con sus campañas de publicidad.

Uno de sus tatuadores le demandó por hacer de su obra un reclamo publicitario, y el equipo de abogados del futbolista acabó dándole la razón y alcanzando un acuerdo extrajudicial que, como cabe suponer, incluyó varios ceros.

Lo mismo le pasó a Nike, que tuvo que pagar una suma desconocida al tatuador del jugador de la NBA Rasheed Wallace por usar su creación en una campaña publicitaria de la marca.

Rasheed Wallace y su tatuaje más famoso en el brazo
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Rasheed Wallace y su tatuaje más famoso en el brazo

Cómo evitar el problema

El factor diferencial es si, al enseñar el tatuaje, hay afán de lucrarse. Es "cuando se reproduce o transforma un tatuaje con un fin lucrativo en sí mismo" en el momento en el que pueden reclamarse derechos de autor, como le pasó a Beckham.

Para evitar problemas, la única solución es negociar con el tatuador la cesión total de los derechos del tatuaje. De no tenerlos, la Ley de Propiedad Intelectual establece que "el adquiriente de la propiedad del soporte al que se haya incorporado la obra no tendrá, por este solo título, ningún derecho de explotación".