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Susurros del Campo

La desescalada en la caza

El gobierno permite, desde el pasado lunes 18, la caza y la pesca en aquellos territorios que se encuentran en la fase 1 de desescaladada.

La desescalada en la caza

"Queda permitida la práctica de la pesca deportiva y recreativa y la actividad cinegética en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias", según recoge la Orden del Ministerio de Sanidad en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El gobierno permite, desde el pasado lunes 18, la caza y la pesca en aquellos territorios que se encuentran en la fase 1 de desescaladada. Así lo anunció el pasado sábado el ministro del Sanidad, Salvador Illa, en la comparecencia donde informó que esta actividad dejaba de permitirse a partir de la fase 2.

Pero ¿Cómo debemos hacerlo? La Federación Extremeña de Caza, FEDEXCAZA, ha lanzado una campaña en sus medios sociales, donde quedan resueltas todas las dudas que nos puedan surgir a todo el colectivo cazador.

Condiciones para el desarrollo de la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa en la fase 1

Queda permitida la actividad cinegética en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias.

Para el desarrollo de la actividad cinegética organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene a observar.

Durante el desarrollo de las actividades cinegéticas y de pesca deportiva y recreativa previstas en este capítulo se seguirán las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias y en particular:

a) Cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla.

b) No se compartirán utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida.

c) Se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.

d) Se deberán limpiar y desinfectar los utensilios de caza y pesca utilizados. 

Pero, ¿qué se puede cazar ahora?

Se podrán cazar las modalidades que estén autorizadas en este periodo.

La caza por daños que se autorizó de forma excepcional durante el estado de alarma, ¿se mantiene?

Las autorizaciones por daños autorizadas en el estado de alarma siguen en vigor hasta que finalice el estado de alarma. Además, desde el momento en el que entre en vigor la OGV se podrá solicitar la caza por daños de manera ordinaria.

Desplazamientos para actividades cinegéticas

¿Puedo salir de mi municipio? Si ¿Puedo salir de mi provincia? No ¿Puedo desplazarme en mi vehículo? Sí, y si vas acompañado con las limitaciones establecidas.

¿Puedo salir a campear mis perros como parte del entrenamiento?

Si las sociedades locales de cazadores quieren abrir sus campos de adiestramiento de perros, pueden hacerlo cumpliendo todas las medidas sanitarias y mediante cita previa.

Ampliar

Concluyendo, el uso de mascarilla será obligatorio "cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida", tanto para la caza como la pesca. Tampoco estará permitido compartir los utensilios necesarios ni "utillaje de comida o bebida".

Por último, la Orden del Ministerio de Sanidad obliga a limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso, al igual que los utensilios utilizados.

Estas actividades están permitidas para toda España excepto para la Comunidad de Madrid, Barcelona y su área metropolitana y algunas zonas de Castilla y León, pues aún permanecen en la fase 0.

¡Es hora de disfrutar del campo!