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RUGBY

La FER se pronuncia sobre la elegibilidad de Wessel Bell

La Federación Española de Rugby ha publicado este martes un comunicado en el que da su versión de los hechos después de que el jugador se cayese del XV para el partido ante Rumanía.

John Wessel Bell, con el balón durante un partido de España.
Walter Degirolmo/FERugby

La Federación Española de Rugby ha dado a conocer este martes su versión tras la baja en el XV del León del jugador de origen sudafricano John Wessel Bell antes del partido del Seis Naciones B ante Rumanía por dudas sobre posibles irregularidades en sus condiciones de elegibilidad.

Desde la FER apuntan que "tanto el permiso de residencia como el de trabajo vinculado al contrato con su club, el VRAC Quesos Entrepinares, durante más de 36 meses justifican el arraigo del jugador sudafricano en España que exige la norma (Regulation 8) de World Rugby sobre elegibilidad de jugadores".

La Federación también señala en este comunicado los motivos que provocaron que Bell no estuviera en el XV del León. "En los prolegómenos del partido contra Rumanía del pasado sábado, 22 de febrero, al mánager de la Selección española le surgieron algunas dudas sobre los registros en el pasaporte de John Wessel Bell. Al no poder acceder en ese momento al archivo de la documentación justificativa de las circunstancias especiales que establece la nota 16 de la citada regulación 8 de World Rugby, se acordó previa consulta con el presidente, Alfonso Feijoo, que, por precaución, no se le inscribiera en el acta del encuentro".

La FER justifica los criterios de elegibilidad de Bell según el reglamento de World Rugby, ya que el jugador sudafricano ha residido en España 36 meses antes de su debut con el equipo nacional. "La regla 8 de World Rugby establece que un jugador puede representar al equipo nacional de otro país si acredita llevar residiendo en este al menos los 36 meses anteriores a la fecha de su debut. La continuidad del período de residencia permanente no quedaría interrumpida por períodos de vacaciones, atención a familiares/amigos en otros países, etc… A modo de guía se considera un período de residencia mínimo de diez meses anuales de presencia física real en el país. Sin embargo, se podrían admitir períodos inferiores en circunstancias excepcionales". Desde la FER también apuntan que los periodos de visita de Bell a su país natal tuvieron lugar durante sus vacaciones estivales y ha pedido a World Rugby que se pronuncie sobre las pruebas que aportan. "En el caso de John Wessel Bell, su pasaporte tenía registrada alguna visita a Sudáfrica de duración algo superior a dos meses en el periodo de sus vacaciones estivales, cuando no hay competición nacional en España. Por ello, la FER ha solicitado a World Rugby que se pronuncie sobre los argumentos y las pruebas de las que dispone la FER y que justifican haber sobrepasado en unos días el período vacacional de dos meses de Bell en Sudáfrica".

Por último, la FER defiende las condiciones de elegibilidad de Bell dada su estancia en el VRAC Quesos Entrepinares de Valladolid, el club en el que milita desde hace más de tres años y tras haber asentado su residencia en la ciudad vallisoletana. "El objetivo de esta norma de World Rugby es constatar que la residencia de un jugador en otro país supone un arraigo suficiente que justifique su participación con su equipo nacional. En el caso de John Wessel Bell, su arraigo a España es evidente al estar plenamente incorporado a la disciplina del VRAC desde hace más de tres años, en los que ha participado en el 90% de los partidos disputados por su equipo, además de estar viviendo junto a su esposa desde su incorporación al mencionado club e incluso haber elegido la ciudad de Valladolid, lugar de nacimiento de sus dos hijos, como único hogar familiar".