La AEPSAD aún se arriesga a una sanción de la AMA
Pese a que se valide el pasaporte tras la apelación contra Salas, la Agencia Mundial podría actuar contra la Española por incumplimiento.
La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) presentó hace poco más de una semana los recursos contra la absolución de Ibai Salas por valores anómalos en su pasaporte biológico tanto en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en Suiza, como en el Juzgado Central de lo Contencioso, en España. El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) revocó la suspensión de cuatro años a Salas y anuló la efectividad del pasaporte en territorio nacional, así que la AMA apeló para devolverle la vigencia a una herramienta clave frente al dopaje.
La Agencia Española (AEPSAD) se encuentra por tanto en incumplimiento con el Código Mundial y en riesgo de otro castigo (como el de 2016 por no adaptar la Ley Antidopaje). Y a pesar de que el respaldo de la AMA supone un balón de oxígeno, existe una posibilidad real de sanción... aunque el pasaporte quede de nuevo validado en el país, según confirmó As. En el escrito enviado al TAS, la AMA se recurrió contra Ibai Salas y la AEPSAD. ¿Por qué la AEPSAD y no el TAD, autor de la resolución exculpatoria? Porque el Tribunal del Deporte se rige por la legislación nacional y no es signatario del Código de la AMA.
As contactó con la AMA, que respondió que no ofrecerá detalles sobre "un caso en curso, con todas las opciones abiertas". Sí, dispondrán de la oportunidad de suspender a la Agencia con un veredicto favorable del TAS: como está incluida en la apelación, en consecuencia incurriría otra vez en no cumplimiento al no haber actuado contra Salas de acuerdo a la normativa antidopaje. Dentro de la AEPSAD conocen el peligro de esta vía, pero confían en que no se aplique ninguna sanción ya que consideran al TAD el culpable por desautorizar el pasaporte y extralimitarse. Aquí también llegarían problemas para la Federación de Ciclismo (RFEC): el TAS obligaría a denegarle la licencia a Salas, mientras la conservaría para el TAD.
En el Contencioso se abre otra ruta peligrosa, inexplorada hasta la fecha por la AMA. Supondrá, de facto, reconocer las particularidades de cada nación a la hora de juzgar procesos de dopaje. Nunca antes había entrado en especificaciones y se mantenía fiel al derecho privado y al Código Mundial, uniforme para cada suscriptor independientemente de sus leyes, que debían adecuarse a sus reglas. Aparte, los tribunales ordinarios decidirán si el pasaporte español necesita un desarrollo normativo extra o si se corresponde a los estándares que decreta la AMA.