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TRAINERAS

Absueltos los seis imputados por dopaje en el club de Urdaibai

La jueza admite que la entidad adquirió sustancias dopantes pero no considera acreditado que las administrara a los remeros. El doctor Maynar elude por tercera vez la justicia penal

Bilbao
Panorámica de la sala durante una jornada de la vista oral
Luis TejidoEFE

El Juzgado de lo Penal número 1 de Bilbao ha absuelto a las seis personas acusadas en el caso del supuesto dopaje a los remeros del club de Urdaibai en 2010. Después de que el fiscal retirase los cargos contra cuatro de los diez imputados iniciales, el tribunal ha emitido una sentencia, difundida hoy, en la que ilbera a los otros seis imputados. Toda la 'Operación Estrobo' desarrollada durante los cinco últimos años a raíz de unas acusaciones de José Luis Korta, entrenador de Kaiku aludiendo a supuestas prácticas ilícitas en la entidad bermeotarra, abarcaba más de 18.000 folios y se fue desmontando en cinco días de vista oral, que arrancaron con la contundente declaración del rumano Andrei Banica, exremero de Urdaibai sobre cómo les "pinchaba el entrenador", y perdió gas por falta de pruebas concluyentes. La jueza desarrolla en la sentencia que no queda acreditado ni la mejora del rendimiento deportivo ni el peligro para la salud de los deportistas.

Sí admite la sentencia que el club adquirió paquetes de EPO y Aranesp, sustancias dopantes, y que las pagó, pero no que se administraran a los remeros. "El peligro para la vida o salud no se erige en mera posibilidad, debe de ser una realidad que se ha de comprobar y demostrar", sostiene la sentencia, a la que ha tenido acceso AS. Y dicta que "no consta suficientemente acreditado que durante la temporada de traineras 2009-10 ninguno de los acusados ya citados ni la igualmente acusada en esta juicio Dº (ATS de profesión y quien no consta estuviera informada de las decisiones económicas sanitarias ni de cualquier otro orden del club al que acudía de manera esporádica), suministrasen a los deportistas que integraban la trainera 'Bou Bizkaia' (quienes se sometieron a una pluralidad de controles antidopaje de las distintas Federaciones y/o entes organizadores de las competiciones en la que participaron sin tener ninguno de ellos concedida Autorización de Uso Terapéutico o Declaración de Uso de ninguna de las sustancias referidas), ni de EPO ni el Aranesp remitido (con la mediación del), por la Sr por encargo del entrenador y sufragado por el clkub, poniendo en peligro la salud o la vida de los mismos)". 

Se aferra también a una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de julio de 2011, en la que se explica que "la nocividad del producto en sí misma no es suficiente para entender acreditada la existencia de ilícito penal, siendo necesario acreditar la concreta actividad dopante que ponga en concreto peligro la vida o la salud de los deportistas. Es decir, solo en el caso en el que se prueba que efectivamente el uso de sustancias prohibidas pone en peligro concreto la salud del deportista estaremos dentro del ámbito de lo penalmente prohibido".

El juicio quedó visto para sentencia el 6 de noviembre. Había diez imputados y la fiscal elevó la libre absolución por falta de pruebas de las dos farmacéuticas acusadas en el proceso, además de la esposa del entrenador de la trainera (Sonia Boubeta) y el exciclista Antonio Arenas, al que acusaban de haber entregado EPO que tenía almacenado de su época de corredor. Las acusaciones pidieron que se condene a Teresa Mesa, esposa del agente y que reconoció haber enviado a Urdaibai paquetes con sustancias dopantes; y a Marcos Maynar, médico y profesor de la Universidad de Extremadura acusado de administrar ese tipo de productos a los deportistas; así como a quienes eran presidente, entrenador, médico y enfermera del club en aquella temporada, Josu Zabalondo, José Manuel Francisco, Borja Garay y Arantza Ormaza, respectivamente. Maynar, suspendido por la AMA, elude por tercera vez la justicia penal.

Durante el juicio se trató de demostrar que el doctor Maynar y el entrenador del club se confabularon para dopar a los bogadores. La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte certificó que las sustancias que, según las acusaciones, administraron a los remeros de Urdaibai en 2010, pueden causar daños a los deportistas si estos no las necesitaban por prescripción terapéutica y además, algunas de ellas estaban prohibidas. Por la sala del Juzgado desfilaron los remeros de aquella época, peritos y dirigentes, uno de ellos del Comité Antidopaje y de Control de la Salud de la ACT, Juanjo Badiola, experto en medicina deportiva y que desarrolla su labor en el centro de medicina deportiva del Ayuntamiento de Laredo.

Hay diez días hábiles para recurrir la sentencia y, según avanzó a AS Jesús Zapatero, el abogado la acusación particular, representada por el técnico José Luis Korta, la formularán ante la Audiencia Provincial. Además, se condena a esta parte al pago de las costas procesales.