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ATLETISMO

La IAAF no podrá usar de forma cautelar los análisis de Marta

El Juzgado 7 de Palencia no permite la utilización de los datos del pasaporte hasta que resuelva la demanda de protección de datos que puso la atleta.

La IAAF no podrá usar de forma cautelar los análisis de Marta

La Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) no podrá utilizar los datos biológicos obtenidos en los análisis de sangre de la atleta Marta Domínguez hasta que haya una resolución definitiva del proceso de protección de datos promovido por la atleta. Es pues, una medida cautelar. 

Tampoco podría usar los datos de los informes periciales que se hayan basado en dichos datos del pasaporte biológico de la atleta, según el auto judicial emitido por el juez del Juzgado número siete de Palencia, facilitado hoy por fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

De esta forma el juez accede a la solicitud de la atleta Marta Domínguez y ordena a la IAAF "que se abstenga temporalmente de utilizar los datos obtenidos en los análisis de sangre realizados a la citada demandante, así como los informes periciales que se hubieran basado en dichos datos, todo ello hasta la resolución definitiva".

La atleta palentina interpuso en el juzgado una demanda de protección de derechos fundamentales contra la Real Federación Española de Atletismo y la Federación Internacional, y solicitó medidas cautelares para que no pudieran usarse los datos hematológicos de su pasaporte biológico. Y el juez ya denegó en abril la medida cautelar. Pero ahora, ante la inminencia de que el proceso comience en el Tribunal de Arbitraje Deportivo, y que la IAAF no daba señales de vida ante el tribunal (considera que el proceso debe estar en la justicia deportiva) la ha aceptado. La IAAF ha recurrido al TAS la absolución de la atleta por parte de la Federación Española de Atletismo. 

La atleta defiende que ambas federaciones vulneran su privacidad al hacerse públicos, sin su autorización, los datos hematológicos de su pasaporte biológico. En el auto el juez entiende que "la utilización de los datos hematológicos de la demandante dificultan que se haga efectiva la tutela que se pretende en el procedimiento principal, dado el hecho notorio de la fama y por ello dimensión pública de la actora".

También considera que "los avatares del procedimiento ante el Tribunal Arbitral trascienden de un modo u otro a los medios de comunicación, lo que puede afectar de hecho tanto al honor como al derecho a la intimidad de la demandante, dado que los datos hematológicos están relacionados con su salud".

El auto judicial, que puede ser recurrido en el plazo de 20 días, señala también que Marta Domínguez "deberá prestar caución previa en la cantidad de 3.000 euros". Aunque el Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA ya absolvió el pasado marzo a Marta Domínguez de supuesta vulneración de la normativa antidopaje, la atleta entendía que todavía se podían utilizar esos datos al no estar cerradas todas las actuaciones contra ella.

La no autorización del uso de estos datos podría parar el proceso del expediente de sanción abierto contra la atleta, cuya base son precisamente los resultados de los análisis de sangre de la deportista.

La vista publica entre las partes se celebró el pasado 27 de agosto y el juez ha accedido a lo que solicitaba Marta Domínguez y en consecuencia a acordar las medidas cautelares consistentes en ordenar a la asociación internacional a que se abstenga de utilizar los datos obtenidos en los análisis de sangre hasta la resolución definitiva del proceso promovido
por la demandante el 16 de septiembre de 2013.