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ATLETISMO | DOPAJE

Rechazado un recurso de Marta contra una decisión del CSD

La defensa de Marta Domínguez recurrió contra la decisión del CSD de devolver el expediente disciplinario de la atleta a su Federación, pero no ha sido admitido.

Marta Domínguez, en el Senado.

El caso de Marta Domínguez tiene más ramificaciones al margen de la vía disciplinaria, esa misma vía que llevó el pasado jueves a la Real Federación Española de Atletismo (RFEA) a absolver a la palentina, para quien la Federación Internacional (IAAF) pedía cuatro años de sanción por anomalías en su pasaporte biológico.

Mientras la IAAF estudia la resolución para preparar su apelación al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), esas ramificaciones continúan su senda. Se trata de demandas y recursos planteados en diferentes tribunales por la defensa de Marta Domínguez. Según pudo saber AS, el caso se había judicializado al menos en tres frentes distintos. Pues bien: uno de esos frentes ya se ha cerrado, porque se ha inadmitido el recurso presentado contra la decisión de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje (CCSSD), dependiente del Consejo Superior de Deportes (CSD), de devolver el expediente a la RFEA.

En origen, la IAAF trasladó el expediente a la RFEA para su resolución, como ordena el reglamento internacional. Pero la Federación Española se inhibió y traspasó el caso en septiembre a este órgano del CSD presidido por Ana Muñoz Merino, con la excusa de que no tenía tiempo para resolver por la densidad y complejidad de la documentación presentada. Después de un estudio apoyado en informes de la IAAF y de la Abogacía del Estado, el CCSSD devolvió el expediente tres meses después a la RFEA. Esta última decisión del CSD fue recurrida por Marta por la vía contencioso-administrativa, pero no ha sido admitido.

El texto que rechaza el recurso recuerda que el procedimiento fue iniciado por la IAAF y, en consecuencia, tiene carácter internacional. Este aspecto es importante para el futuro del caso, porque tanto la RFEA como la defensa de Marta han insistido en que el procedimiento es nacional. No se trata sólo de un matiz, porque determinaría dónde deben resolverse los recursos de su absolución: bien en el TAS, o bien en el antiguo Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD), ahora Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).

Al margen de este recurso habría otro contra una decisión del CEDD, que señaló a la RFEA como el órgano competente para resolver. Marta Domínguez también puso una demanda en Palencia de protección de derechos fundamentales.