DOPAJE | ATLETISMO
La Federación de Odriozola absuelve a Marta Domínguez
El Comité de Disciplina de la RFEA estima que los datos del pasaporte biológico "no son concluyentes". La IAAF recurrirá la resolución al TAS.
El Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Atletismo (RFEA), que preside José María Odriozola, ha absuelto a la atleta Marta Domínguez, expedientada por valores anómalos en su pasaporte biológico entre el 5 de agosto de 2009 y el 4 de enero de 2013. La RFEA recibió el caso de la Federación Internacional (IAAF) con una petición de sanción de cuatro años y la anulación de sus resultados, que incluyen un oro en el Mundial de Berlín 2009 y una plata en el Europeo de Barcelona 2010.
Cristóbal Belda y el apoyo del Comité Olímpico Español
El Comité de Disciplina, compuesto por tres abogadas y presidido por Esther Pascual, no ha estimado suficientemente probado el dopaje, como sí concluían los tres expertos independientes de la IAAF que han interpretado los datos del pasaporte biológico de Marta, establecido con 20 muestras de sangre. Los expertos encontraron cuatro valores indiciarios de dopaje y los dos más altos coincidían, además, con las competiciones de Berlín y Barcelona.
El órgano de la RFEA acepta las conclusiones de los informes aportados por la defensa. Uno de ellos, firmado por Cristóbal Belda, doctor en Medicina por la Universidad Autónoma de Madrid, alude a las patologías de Marta como causantes de las irregularidades y cita expresamente el hipertiroidismo subclínico que sufre desde 2012.
Otro informe de José María Peña, doctor en Informática en la Universidad Politécnica de Madrid, cuestiona la fórmula del pasaporte biológico por su amplio margen de error, que “llega a cotas hasta 600 veces mayor”, según El Mundo.
“Nosotros no cuestionamos el pasaporte biológico como tal, sino que con un trabajo exhaustivo, basado en artículos científicos publicados, llegamos a la conclusión de que la actual fórmula es cuestionable. El debate científico en la lucha antidopaje debe estar abierto”, explicó a AS el abogado José Rodríguez.
El Comité de Disciplina también encargó un informe propio a Rosa Vidal, responsable antidopaje de la RFEA, que evaluó que “los datos de la IAAF no son concluyentes para justificar uso de EPO”.
La resolución de la RFEA recoge expresamente que el recurso debe interponerse en el ámbito nacional, ante el Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD). Sin embargo, la IAAF considera que se trata de un caso internacional y, en consuencia, debe resolverse en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). La IAAF aún no ha anunciado oficialmente su recurso (tiene 45 días), pero AS contrastó que es su intención.
Este debate de competencias para resolver el recurso puede marcar el futuro del caso. La defensa de Domínguez estima que debe ser en España, “porque así lo recoge la resolución”, y alude al ciclista Roberto Heras para apoyar sus argumentos. La IAAF y el Consejo Superior de Deportes (CSD) consideran que tiene que ser arbitrado por el TAS.
La resolución de la RFEA llega ocho meses después de su apertura y tras varios vaivenes. La Federación se mostró incompetente para resolver en el plazo previsto y traspasó el caso a un órgano del CSD, que a su vez se lo devolvió a la RFEA para su resolución. Se estima que el proceso disciplinario pueda alargarse al menos seis meses.