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El Eibar defiende que las obras en el anexo de Ipurua son legales

Destaca que ninguna persona física o jurídica ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la aprobación del Plan Especial en los plazos legalmente establecidos.

El anexo de Ipurua

El Ayuntamiento de Eibar y la Sociedad Deportiva Eibar han aclarado cuestiones sobre si la ampliación del anexo de Ipurua ha sido considerada ilegal por el TSJPV. Según destaca, la aprobación definitiva de la segunda modificación del plan especial del sistema general de equipamiento deportivo de Ipurua fue aprobada por el Pleno Municipal el 24 de julio de 2018, y publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 2 de noviembre de 2018. La Congregación de Madres Concepcionistas presentó recurso contencioso administrativo contra la citada aprobación del plan especial el 22 de octubre de 2018.

El 9 de febrero de 2021, el TSJPV dictó sentencia estimando el recurso presentado por la Congregación de Madres Concepcionistas. Dicha sentencia, que finalmente no tuvo consecuencia jurídica alguna, fue declarada firme al no presentar ninguna de las partes recurso alguno.
Sin perjuicio de lo anterior, el 19 de enero de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº 11, la aprobación definitiva (acuerdo adoptado por el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Eibar) de una tercera modificación y texto refundido del Plan Especial de Ordenación del sistema general de equipamiento deportivo de Ipurua, que viene a sustituir a la aprobada el 24 de julio de 2018.

En esta publicación se indicaba expresamente la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde la fecha de referida publicación, por lo que cualquier interesado podría haber interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la tercera modificación y texto refundido del Plan Especial de Ordenación del sistema general de equipamiento deportivo de Ipurua hasta el día 19 de marzo de 2021.

Ninguna persona física o jurídica ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la aprobación del Plan Especial en los plazos legalmente establecidos. La construcción de la Tribuna Oeste y el Nuevo Anexo, así como el resto de actuaciones realizadas por la Sociedad Deportiva Eibar en el campo municipal de fútbol de Ipurua desde el año 2014, están amparadas por esta tercera modificación y texto refundido del Plan Especial. Así que el Eibar finaliza: "En consecuencia, todas las construcciones y elementos del campo de fútbol municipal de Ipurua se encuentran amparados por la Ley y las regulaciones urbanísticas de aplicación".