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SUPERLIGA

La Audiencia Provincial desestima la recusación del juez que inició procedimiento

Además, la Audiencia ha declarado mala fe de la UEFA y LaLiga, como partes recusantes, a las que impone una multa de 5.000 euros.

La Audiencia Provincial desestima la recusación del juez que inició procedimiento

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el incidente de recusación contra el juez que inició el procedimiento de la Superliga y ha declarado mala fe de la UEFA y LaLiga, como partes recusantes, a las que impone una multa de 5.000 euros.

En un auto fechado el 21 de enero, contra el que no cabe la interposición de recurso, la Audiencia rechaza la recusación promovida por la UEFA y la Liga contra el magistrado Manuel Ruiz de Lara, que inició el procedimiento de la Superliga en el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, del que ya no es titular.

Los tres magistrados de la sección vigésimoctava de la Audiencia han resuelto "devolver al recusado el conocimiento, cuando así le corresponda, del citado procedimiento e imponer a las partes recusantes las costas del incidente de recusación".

"Apreciamos mala fe por parte de las partes recusantes al promover este incidente, forzando los argumentos, para tratar, sin razón objetiva para ello, de apartar del conocimiento del asunto al juez que no estaba adoptando decisiones según sus intereses, lo que poco tiene que ver con el legítimo derecho a defenderse en un procedimiento judicial", añade la resolución que impone una multa de 5.000 para la UEFA y LaLiga.

La Audiencia ha resuelto el incidente pese a recibirlo en noviembre cuando Ruiz de Lara ya no era titular del juzgado de lo Mercantil número 17, a cuyo frente está ahora la magistrada Sofía Gil, porque se ha puesto entredicho la imparcialidad de un juez y ante "la eventualidad de que en un futuro el juez recusado pudiera ser llamado a sustituir a la nueva jueza por razón de enfermedad u otra causa", según precisó Isuport.com.

"El auto que desestime la recusación acordará devolver al recusado el conocimiento del pleito o causa, en el estado en que se hallare y condenará en las costas al recusante, salvo que concurrieren circunstancias excepcionales que justifiquen otro pronunciamiento", como ocurren en este caso al haber otro titular en el juzgado .

La nueva jueza decidió el pasado día 14 admitir la personación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) en el procedimiento, iniciado el pasado abril tras la demanda de European Super League Company SL, que pedía medidas cautelares, que fueron estimadas, y que se declare que la UEFA y la FIFA han abusado de su posición de dominio e impiden la libre competencia en el mercado en infracción del TFUE.

La demanda se presentó después del anuncio de la creación de la Superliga, en la que solo se mantienen Real Madrid, Barcelona y Juventus.