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TRIBUNALES

El juzgado afirma que Lucas "no es un delincuente primario"

El Tribunal Superior de Justicia confirma la noticia adelantada por AS: el francés no ha obtenido la suspensión de la pena al tener antecedentes penales.

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El juzgado afirma que Lucas "no es un delincuente primario"

Tan sólo media hora después de que AS adelantara la orden de ingreso en prisión de Lucas Hernández y su citación el 19 de octubre para elegir ce4ntro penitenciario, por orden del Juzgado de lo Penal número 32 de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia confirmó la impactante noticia. Lo hizo a través de este comunicado:

“El Juzgado de lo Penal nº 32 de Madrid, de ejecutorias de Violencia Sobre la Mujer, ha denegado la solicitud de suspensión del cumplimiento de la pena privativa de libertad de seis meses impuesta a Lucas Françoise B. H. y le ha requerido para que el próximo 19 de octubre, a las 11:00 horas, acuda al órgano judicial para que se le dé traslado del requerimiento de ingreso voluntario en prisión, en el plazo improrrogable de diez días a contar desde ese momento.

El Juzgado de lo Penal nº 32 de Madrid ejecuta la sentencia dictada en diciembre de 2019 por el Juzgado de lo Penal nº 35 de Madrid, que condenó al acusado a seis meses de prisión como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.2 del Código Penal. En los hechos probados de esta sentencia se establece que Lucas Françoise B. H., ‘sobre las 9:30 horas del 13 de junio de 2017, consciente de la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de su pareja sentimental dictada en condena, plenamente vigente y con pleno desprecio hacia la misma, se encontraba en compañía de A. S. L. en el aeropuerto de Adolfo Suárez –Barajas de Madrid, procedente de Miami’, desde donde habían viajado juntos.

El Juzgado Penal de ejecutorias entiende que en este caso no concurren los requisitos legales para otorgar a Lucas Françoise B. H. el beneficio de la suspensión de la pena, dado que no es un delincuente primario, ya que consta una sentencia firme, de fecha 21-3-2017, del Juzgado de lo Penal nº 35 de Madrid por delito de lesiones en el ámbito de violencia de género y otra sentencia, también firme, asimismo por un delito de lesiones en el ámbito de violencia de género, del Juzgado de lo Penal nº 5 de Móstoles (Madrid).

El auto de ejecución de sentencia ha sido recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid”.