Apelación confirma la sanción a Militao: será baja ante el Huesca
El central brasileño fue expulsado ante el Levante a los ocho minutos en el encuentro de la pasada jornada y tendrá que cumplir un encuentro de sanción ante el conjunto oscense
Sin embargo, el Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol desestimó dicho recurso presentado por el Real Madrid y confirmó la sanción de un partido de suspensión al brasileño, que no podrá jugar ante el conjunto oscense: “Tras estudiar los argumentos y alegaciones del Real Madrid C.F., y especialmente después de ver detenida y reiteradamente la prueba videográfica aportada, los miembros de este Comité de Apelación, de manera unánime, entienden que no es posible apreciar un error material manifiesto capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral, dado que las imágenes son, en todo caso, compatibles con lo reflejado en el acta”, indica Apelación en su resolución.
Asimismo, añade “respecto de la alegación del Club recurrente de que no existía una “ocasión manifiesta de gol” sino un “ataque prometedor”, no cabe sino reiterar lo ya dicho en múltiples ocasiones, a saber, que la evaluación de si concurre una u otra circunstancia forma parte de la valoración técnica de la jugada a la luz de las Reglas de Juego, competencia que le corresponde en exclusiva al árbitro y sobre la que este Comité no se puede pronunciar”.
Clasificación | PTS | PG | PE | PP |
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“Así”, continúa, “si se ha producido o no un error técnico en el arbitraje motivado por la interpretación o aplicación de las Reglas del Juego, en ningún caso puede ser analizado ni considerado por los órganos disciplinarios desde la perspectiva del error material manifiesto regulado en el Código Disciplinario de la RFEF”.
“En definitiva, siendo las imágenes compatibles con lo reflejado en el acta, no puede apreciarse el error material manifiesto, con independencia de que esas imágenes pudiesen ser compatibles con otras versiones de los hechos, incluida la que expresa el Club recurrente que, por otro lado, no impugna que se haya producido el derribo. Las meras dudas tampoco serían suficientes para demostrar ese error “claro y patente”, único capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral”, agrega en sus valoraciones finales.