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FÚTBOL INTERNACIONAL

Tribunal de Apelación de Bruselas confirma validez norma FIFA sobre TPO

El Tribunal de Apelación de Bruselas ha rechazado el recurso presentado por el club belga Searing y el fondo de inversión Doyen.

Tribunal de Apelación de Bruselas confirma validez norma FIFA sobre TPO

El Tribunal de Apelación de Bruselas ha rechazado el recurso presentado por el club belga Searing y el fondo de inversión Doyen, que pidieron la ilegalidad de la normativa de la FIFA sobre la propiedad e influencia por parte de terceros en los derechos económicos de futbolistas (TPO y TPI). La FIFA anunció que el tribunal belga resolvió hace 24 horas en este sentido y confirmó la validez de las decisiones disciplinarias que adoptó respecto al club por violar los artículos 18b y 18c de la normativa sobre esta materia, que forma parte del reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores.

En un comunicado, la FIFA señaló que el Tribunal de Apelación de Bruselas "confirma que los recurrentes no han aportado argumentos convincentes para dudar sobre los legítimos objetivos de las reglas de la FIFA". Esta decisión entiende como resolución final del caso la adoptada por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), el 9 de marzo de 2017, y la del Tribunal Federal Suizo, el 20 de diciembre de 2018, sobre la validez de la sanción que los comités de disciplina de la FIFA impusieron al club Searing.

"Una vez más, un tribunal independiente declara que no hay motivos para dudar sobre la validez de las normas de la FIFA sobre la propiedad e influencia de terceros bajo la ley aplicable. Estas reglas de la FIFA son indispensables para preservar la independencia de los clubes y jugadores y para garantizar la integridad de partidos y competiciones", afirmó el responsable de Asuntos Legales de la FIFA, el español Emilio García Silvero. El Searing apeló en el TAS la sanción que la FIFA le impuso y que le impedía fichar durante cuatro periodos y una multa de 150.000 francos suizos y, aunque obtuvo una rebaja del tiempo a tres periodos, el tribunal consideró que la normativa sobre la materia es acorde a la ley en lo que afecta a libertad de movimiento, competición y derechos humanos.